Artículo
26.—Cuando producto de la revisión y verificación de los documentos solicitados
en el presente reglamento, se aprueba o rechaza una publicidad comercial, esta
se le notificará al interesado por medio de un acto administrativo, indicando
los motivos, contenido y fin. La notificación podrá hacerse por medio de carta
certificada, sistema de fax o por medio de correo electrónico. El interesado
deberá señalar la dirección (física o electrónica) o el número de fax para
notificar la resolución correspondiente.
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