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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37739 >> Fecha 05/02/2013 >> Articulo 27
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37739 - Articulo 27
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Artículo 27
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Artículo 27.—La autorización a la publicidad comercial relacionada con la comercialización de bebidas con contenido alcohólico para productos, estará sujeta a que el producto en cuestión esté registrado ante el Ministerio, y que las condiciones del registro asociadas a la publicidad no varíen, a excepción de las campañas de expectativa.


 

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