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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37777 >> Fecha 07/05/2013 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37777 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10.—Vigencia. Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los siete días del mes de mayo del dos mil trece.

 

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