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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37788 - A >> Fecha 15/02/2013 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37788 - A - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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Transitorio único.—Para la elaboración del plan de gestión integral de residuos o desechos peligrosos, los generadores y gestores tendrán un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigencia del presente reglamento. Este plan debe ser actualizado o ajustado por el generador cuando se presentan cambios en el proceso que genera los residuos o desechos peligrosos, y por el gestor cuando se den cambios en el tratamiento.


 

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