Artículo 10.—Inversiones.
La Subdirección de Inversiones y Tesorería mantendrá invertidos los
recursos del Fondo de la forma cuidadosa, rentable y segura que exige su
naturaleza, en aplicación de la normativa interna y externa emitida sobre el
tema, siendo responsable por la gestión. La Dependencia del Fondo estará
obligada a suministrar la información requerida por la SUPEN.
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