Artículo 13.—Integración.
El Comité estará constituido por:
• Subgerente General
(Financiero).
• Asistente de la
Gerencia General.
• Miembro Externo
El Subgerente General
(Financiero) fungirá como presidente el Comité y en su ausencia la presidencia
será ejercida por el Asistente de Gerencia General.
Además, asistirá con
voz pero sin voto la Jefatura de la Dirección de Contraloría Normativa y
Control Actuarial.
El Comité deberá
cumplir con lo dispuesto en el “Reglamento que rige el accionar de los Órganos
Colegiados del Grupo INS”.
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