Artículo 26.- Secretaría
Corresponderá a la Secretaría:
a) Llevar las minutas de las sesiones de la Junta Directiva y
de las asambleas y firmarlas junto con la Presidencia.
b) Recibir toda la correspondencia del Colegio.
c) Llevar un registro de los colegiados y las colegiadas, en el que
conste toda la información necesaria para mantener una efectiva relación.
d) Extender todas las certificaciones que emanen del Colegio.
e) Hacer las convocatorias, citaciones o comunicaciones que disponga la Junta Directiva o la Presidencia, de
acuerdo con esta ley y los reglamentos.
f) Llevar el archivo del Colegio y custodiar sus documentos.
g) Elaborar, junto con la Presidencia, la memoria anual de labores que ha
de someterse a conocimiento de la Asamblea General.
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