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 Normativa >> Directriz 005 >> Fecha 20/05/2013 >> Articulo 4
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Normativa - Directriz 005 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º- Una vez recibida por parte de la institución interesada la confirmación sobre los “Recursos por Presupuestar”, la Contabilidad Nacional realizará, a gestión de parte, la correspondiente certificación, para que las mismas continúen el procedimiento según corresponde ante la Dirección General de Presupuesto Nacional.


 

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