MUNICIPALIDAD DE
PARRITA
SM-152-2013
SANDRA HERNÁNDEZ
CHINCHILLA
SECRETARIA MUNICIPAL
CERTIFICO:
Acuerdo N° 03, Artículo Tercero, Informes, Punto
N° 03, Asunto N° 01, sesión Ordinaria N° 018-2013, celebrada el primero de
Abril del dos mil trece, donde se aprobó el Reglamento para la Gestión del Cobro
Administrativo y Judicial, la Fiscalización y la Recaudación
Tributaria, para que se publique por segunda vez.
Punto N°03:
AC-03-018-2013
INFORME DE LA COMISIÓN DE
HACIENDA
Y PRESUPUESTO, CONCEJO
MUNICIPAL,
MUNICIPALIDAD DE
PARRITA
Sesión N° 01. Fecha 20-03-2013. Miembros
presentes: Alejandro Montiel Larios, Luis Gerardo Merlo Brenes.
Asunto N° 01: Se conoce el Reglamento para la Gestión del Cobro
Administrativo y Judicial, la Fiscalización y la Recaudación Tributaria,
presentado por la Lic.
Annia Sibaja Sibaja, Encargada de Hacienda y Presupuesto, y
el señor Yanan León Mora, encargado de Cobros.
Resultando:
1º—Que el Concejo Municipal el día 14 de marzo
del 2013 del presente año, conoció el Reglamento para la Gestión del Cobro
Administrativo y Judicial, la fiscalización y la Recaudación
Tributaria y lo traslada ante la comisión de Hacienda y
Presupuesto Municipal.
2º—La exposición del reglamento estuvo a cargo
del licenciado Carlos Morales, invitado y colaborador además de ser Jefe de
Procesos de Cobros de la
Municipalidad de Escazú, tiene amplia experiencia en el
campo, por lo cual fue de gran ayuda para el Departamento de Hacienda y en
cuanto a su elaboración y adaptación del mismo a la Municipalidad de
Parrita.
3º—El Concejo Municipal de la Municipalidad del
cantón de Parrita, dentro de sus potestades esta la aprobación Reglamentos
conformidad con lo que establece el artículo 13 inciso c) del Código Municipal.
4º—Que el artículo 170 de la Constitución
Política, así como el artículo 4 del Código Municipal
reconocen la autonomía política, administrativa y financiera de las
municipalidades.
5º—Que de conformidad con la normativa citada,
así como con fundamento en el artículo 13 inciso c) del Código Municipal, el
Concejo Municipal de la
Municipalidad de Parrita, procede a reglamentar la gestión
del cobro administrativo y judicial, así como la fiscalización y la recaudación
tributaria de esta institución, en aras de que tanto el contribuyente como la Administración Tributaria
Municipal conozcan los alcances de sus obligaciones y derechos, promoviendo una
recaudación más efectiva y justa, que contribuya a un mejor desarrollo del
cantón.
Considerando:
1º—Que esta comisión de Hacienda y Presupuesto
analizó dicho Reglamento y no encontró objeción alguna para que el mismo sea
aprobado y aplicado en la
Municipalidad de Parrita.
2º—Que el Reglamento para la Gestión del Cobro
Administrativo y Judicial, la Fiscalización y la Recaudación
Tributaria es de suma importancia como bien lo indica su
objetivo, este reglamento se encargará de establecer las normas que regularán
la gestión cobratoria, el cobro Administrativo y Judicial de las obligaciones
dinerarias del periodo y de plazo vencido, que se adeuden a favor de la Municipalidad de
Parrita; así como las facultades, funciones y actividades que en materia de
fiscalización y recaudación tributaria deben ejercer las autoridades
tributarias. Por tanto,
Esta comisión le recomienda al Honorable Concejo
Municipal la aprobación del Reglamento para la Gestión del Cobro
Administrativo y Judicial, la Fiscalización y la Recaudación
Tributaria y se proceda con su respectiva publicación para
que se inicie su aplicación en la Municipalidad de Parrita, y que la misma cumpla
con el principio de publicidad, publicándose dos veces.
Se somete a votación el informe de la comisión
de Hacienda y Presupuesto y el mismo es aprobado con cinco votos a favor y se
somete a votación para que se declare en firme y el mismo es aprobado con cinco
veces.
Apruébese y comuníquese
REGLAMENTO
PARA LA GESTIÓN DEL
COBRO
ADMINISTRATIVO
Y JUDICIAL, LA
FISCALIZACIÓN
Y LA RECAUDACIÓN
TRIBUTARIA EN LA
MUNICIPALIDAD DE
PARRITA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objetivo. El presente
Reglamento tiene por objetivo establecer las normas que regularán la gestión
cobratoria, el cobro administrativo y judicial de las obligaciones dinerarias
del periodo y de plazo vencido, que se adeuden a favor de la Municipalidad de
Parrita; así como las facultades, funciones y actividades que en materia de
fiscalización y recaudación tributaria deben ejercer las autoridades
tributarias.