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 Normativa >> Reglamento municipal 018 >> Fecha 01/04/2013 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 018 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE PARRITA

SM-152-2013

SANDRA HERNÁNDEZ CHINCHILLA

SECRETARIA MUNICIPAL

CERTIFICO:

Acuerdo N° 03, Artículo Tercero, Informes, Punto N° 03, Asunto N° 01, sesión Ordinaria N° 018-2013, celebrada el primero de Abril del dos mil trece, donde se aprobó el Reglamento para la Gestión del Cobro Administrativo y Judicial, la Fiscalización y la Recaudación Tributaria, para que se publique por segunda vez.

Punto N°03:

AC-03-018-2013

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

Y PRESUPUESTO, CONCEJO MUNICIPAL,

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

Sesión N° 01. Fecha 20-03-2013. Miembros presentes: Alejandro Montiel Larios, Luis Gerardo Merlo Brenes.

Asunto N° 01: Se conoce el Reglamento para la Gestión del Cobro Administrativo y Judicial, la Fiscalización y la Recaudación Tributaria, presentado por la Lic. Annia Sibaja Sibaja, Encargada de Hacienda y Presupuesto, y el señor Yanan León Mora, encargado de Cobros.

Resultando:

1º—Que el Concejo Municipal el día 14 de marzo del 2013 del presente año, conoció el Reglamento para la Gestión del Cobro Administrativo y Judicial, la fiscalización y la Recaudación Tributaria y lo traslada ante la comisión de Hacienda y Presupuesto Municipal.

2º—La exposición del reglamento estuvo a cargo del licenciado Carlos Morales, invitado y colaborador además de ser Jefe de Procesos de Cobros de la Municipalidad de Escazú, tiene amplia experiencia en el campo, por lo cual fue de gran ayuda para el Departamento de Hacienda y en cuanto a su elaboración y adaptación del mismo a la Municipalidad de Parrita.

3º—El Concejo Municipal de la Municipalidad del cantón de Parrita, dentro de sus potestades esta la aprobación Reglamentos conformidad con lo que establece el artículo 13 inciso c) del Código Municipal.

4º—Que el artículo 170 de la Constitución Política, así como el artículo 4 del Código Municipal reconocen la autonomía política, administrativa y financiera de las municipalidades.

5º—Que de conformidad con la normativa citada, así como con fundamento en el artículo 13 inciso c) del Código Municipal, el Concejo Municipal de la Municipalidad de Parrita, procede a reglamentar la gestión del cobro administrativo y judicial, así como la fiscalización y la recaudación tributaria de esta institución, en aras de que tanto el contribuyente como la Administración Tributaria Municipal conozcan los alcances de sus obligaciones y derechos, promoviendo una recaudación más efectiva y justa, que contribuya a un mejor desarrollo del cantón.

Considerando:

1º—Que esta comisión de Hacienda y Presupuesto analizó dicho Reglamento y no encontró objeción alguna para que el mismo sea aprobado y aplicado en la Municipalidad de Parrita.

2º—Que el Reglamento para la Gestión del Cobro Administrativo y Judicial, la Fiscalización y la Recaudación Tributaria es de suma importancia como bien lo indica su objetivo, este reglamento se encargará de establecer las normas que regularán la gestión cobratoria, el cobro Administrativo y Judicial de las obligaciones dinerarias del periodo y de plazo vencido, que se adeuden a favor de la Municipalidad de Parrita; así como las facultades, funciones y actividades que en materia de fiscalización y recaudación tributaria deben ejercer las autoridades tributarias. Por tanto,

Esta comisión le recomienda al Honorable Concejo Municipal la aprobación del Reglamento para la Gestión del Cobro Administrativo y Judicial, la Fiscalización y la Recaudación Tributaria y se proceda con su respectiva publicación para que se inicie su aplicación en la Municipalidad de Parrita, y que la misma cumpla con el principio de publicidad, publicándose dos veces.

Se somete a votación el informe de la comisión de Hacienda y Presupuesto y el mismo es aprobado con cinco votos a favor y se somete a votación para que se declare en firme y el mismo es aprobado con cinco veces.

Apruébese y comuníquese

REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DEL COBRO

ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL, LA FISCALIZACIÓN

Y LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA EN LA

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objetivo. El presente Reglamento tiene por objetivo establecer las normas que regularán la gestión cobratoria, el cobro administrativo y judicial de las obligaciones dinerarias del periodo y de plazo vencido, que se adeuden a favor de la Municipalidad de Parrita; así como las facultades, funciones y actividades que en materia de fiscalización y recaudación tributaria deben ejercer las autoridades tributarias.


 

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