Artículo
6°—Funciones. Para el cumplimiento de sus objetivos, el Consejo de
Competitividad tendrá las siguientes funciones:
a)
Identificar y priorizar estrategias sectoriales para el fortalecimiento de la
competitividad regional.
b)
Definir una estrategia de competitividad intersectorial para la Zona Alta de
Guanacaste y actualizarla conforme evolucionen las condiciones globales de la
Región Chorotega.
c)
Proponer políticas públicas cantonales y regionales, que contribuyan a alcanzar
las condiciones necesarias para mejorar la competitividad en la Zona Alta de
Guanacaste.
d)
Celebrar acuerdos con el Gobierno Central y los Gobiernos Locales, para la
implementación de políticas públicas alineadas con su propuesta estratégica de
competitividad intersectorial para la Zona Alta de Guanacaste, acordando planes
de acción y metas a corto, mediano y largo plazo y verificar su implementación.
e)
Nombrar a la Secretaría del Consejo, quien durará en su cargo un periodo de dos
años, renovable por un periodo similar.
f) Las demás que le correspondan conforme con su
naturaleza.
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