ARTÍCULO 33.- Promoción de políticas de calidad de los
servicios
Las contralorías de servicios promoverán en su
organización la elaboración y divulgación de políticas de calidad de los
servicios que brindan.
Para ello, las contralorías de servicios podrán
establecer y aplicar procesos de evaluación continua de los servicios, con el
fin de asesorar al jerarca en la elaboración y el establecimiento de dichas
políticas.
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