Buscar:
 Normativa >> Ley 9158 >> Fecha 08/08/2013 >> Articulo 38
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 38     >>
Normativa - Ley 9158 - Articulo 38
Ir al final de los resultados
Artículo 38
Versión del artículo: 1  de 1

ARTÍCULO 38.- Asignación de recursos

Para el cumplimiento de sus funciones, el jerarca de cada organización inscrita deberá dotar a las contralorías de servicios de los recursos necesarios que garanticen su óptimo funcionamiento. Asimismo, con el fin de garantizar la continuidad y calidad en el servicio que brindan, el jerarca dotará con carácter exclusivo, a las contralorías de servicios, de un mínimo de dos funcionarios, incluida la persona encargada de la contraloría de servicios.

Ir al inicio de los resultados