CAPÍTULO II
- SISTEMA NACIONAL DE CONTRALORÍAS
- DE SERVICIOS
Sección I
- Sistema Nacional de Contralorías de
Servicios
ARTÍCULO 5.- Creación del Sistema Nacional de
Contralorías de Servicios
Se crea el Sistema Nacional de Contralorías de
Servicios responsable de promover y vigilar el mejoramiento continuo e
innovación de los servicios que brindan las organizaciones inscritas a este,
conjuntamente con la participación de las personas usuarias y las interesadas.
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