Artículo
8º—Infraestructura agropecuaria. Dentro de la declaración jurada, de
área, se debe indicar el tipo de infraestructura agropecuaria que tiene el
inmueble, como: bodegas, establos, casas de trabajadores agrícolas,
invernaderos, plantas de tratamiento de aguas residuales, biodigestores,
estanques, reservorios de agua, corrales, lecherías, salas de ordeño,
estabulados, porquerizas, granjas avícolas, granjas dedicadas a otras especies
pecuarias menores, silos, abrevaderos, cercas, obras de riego y drenaje, áreas
de recibo, clasificación, limpieza, almacenamiento en seco o refrigerado y
empaque de productos agrícolas primarios; caminos internos y aceras ganaderas.
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