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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37917 >> Fecha 31/07/2013 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37917 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15.—Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal. La Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal se encarga de regular y controlar la seguridad sanitaria e inocuidad de los alimentos de origen animal en forma integral, a lo largo de la cadena de producción alimentaria para la protección de la salud humana, para lo cual verifica infraestructura, procesos y resultados; en concordancia con la legislación nacional y del país de destino.

15.1. Objetivo: Garantizar la calidad y seguridad sanitaria de los productos y subproductos de origen animal y sus derivados destinados al consumo nacional e internacional, en aplicación de las normas y requisitos establecidos, sea para el consumo nacional o por los países de destino.

15.2. Competencia: Se encarga de regular y controlar la seguridad sanitaria e inocuidad de los alimentos de origen animal en forma integral, a lo largo de la cadena de producción alimentaria para la protección de la salud humana, para lo cual verifica infraestructura, procesos y resultados; en concordancia con la legislación nacional y del país de destino, logrando el reconocimiento de la competencia técnica nacional e internacional.

Además le corresponde las acciones propias de la planificación, orientación, evaluación y seguimiento de los objetivos de la Dirección, así como los procesos de archivo y gestión de documentos e implementar el Sistema de Gestión de Calidad; y además será su responsabilidad establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el Sistema de Control Interno para la materialización del mismo. Asegurar, garantizar y supervisar la elaboración de procedimientos bajo un enfoque sistémico y de calidad.

Orientará a los Coordinadores de Gestión de Calidad técnica sustantiva y administrativa según corresponda. Respecto a la orientación técnica - metodológica de planeación, ejecución, evaluación, supervisión, auditoría y control en el cumplimiento de sus funciones estos coordinadores responden a la Unidad de Gestión de Calidad. A su vez coordinará con la Unidad de Oficialización del SENASA para realizar la certificación y/u oficialización de personas según corresponda.

15.3. Dependencia jerárquica: Dependencia jerárquica directa con la Dirección General.

15.4. Organización Interna: La Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal, estará a cargo de un Director quien podrá establecer las áreas necesarias para su desempeño contando con el personal competente que requiera y nombrando coordinadores en los procesos que se generen según el ámbito de acción incluyendo todas aquellas dependencias de la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal, ubicadas en Establecimientos Procesadores, Exportadores, Almacenadores y Proveedores de materia prima de productos y subproductos de origen animal, en donde se cuenta con Personal Oficial u Oficializado, como requisito de los países socios comerciales; además contará con un Coordinador de Gestión de la Calidad que será asignado por la Unidad de Gestión de Calidad, conjuntamente contará con tres Departamentos a cargo de un Jefe según corresponda; detallados a continuación: 

Departamento de Registro

Departamento de Regulatorio

Departamento de Auditoría

15.4.1. Departamento de Registro

a) Dependencia jerárquica: Dependencia jerárquica directa con la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal.

b) Funciones:

1. Planear, dirigir, coordinar, supervisar, organizar, evaluar y controlar la implementación de las políticas, estrategias y procedimientos de las labores técnicas, científicas y administrativas del departamento de registro de ámbito nacional.

2. Establecer, difundir e informar los requisitos, procedimientos e instrumentos necesarios para el registro de establecimientos procesadores de productos y subproductos de origen animal aprobados para la exportación.

3. Establecer, actualizar, difundir, publicar, controlar y dar seguimiento al registro de los establecimientos exportadores de productos y subproductos de origen animal.

4. Coordinar y participar con el Departamento de Auditoría la ejecución de las auditorías a las Direcciones Regionales, en función de los establecimientos procesadores de productos de origen animal, realizar los informes correspondientes y dar seguimiento al levantamiento de las no conformidades. 

5. Ejecutar y coordinar con las instancias correspondientes las acciones administrativas y la aplicación de sanciones a tomar en caso de incumplimiento por parte de los usuarios.

6. Supervisar y verificar que los establecimientos procesadores de productos y subproductos de origen animal están registrados en el Sistema de Registro de Establecimientos Agropecuarios.

7. Coordinar con las instancias correspondientes la capacitación continua de los usuarios internos y externos en materia de registro y control de los establecimientos procesadores de productos y subproductos de origen animal. 

8. Elaborar, realizar, coordinar, participar y ejecutar el Plan de Capacitación del departamento de registro, contando con la orientación, supervisión y coordinación del coordinador de Gestión de Calidad.

9. Coordinar con la Dirección Nacional de Operaciones y Direcciones Regionales la asesoría, acompañamiento, capacitación y auditorias según las necesidades establecidas por las Direcciones Regionales.

10. Elaborar documentos de análisis de la situación de los establecimientos de su competencia a nivel nacional tomando en consideración las auditorías, sistemas de información como registro de establecimientos agropecuarios, registro de denuncias sanitarias y sistemas generales de gestión.

11. Controlar el uso de los procedimientos, métodos, reglamentos y formularios en los diferentes procesos y asegurar su adecuada aplicación.

12. Analizar la información del registro de exportadores y elaborar informes de la situación comercial del país.

13. Asesorar a la Dirección Regional correspondiente, en la implementación de las acciones administrativas y la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento por parte de los usuarios.

14. Elaborar y actualizar los procedimientos atinentes en concordancia con la normativa vigente.

15. Realizar los demás actos y funciones que el Director le encomiende.

15.4.2. Departamento Regulatorio

a) Dependencia jerárquica: Dependencia jerárquica directa con la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal.

b) Funciones:

1. Planear, dirigir, coordinar, supervisar, organizar, evaluar y controlar la implementación de las políticas, estrategias y procedimientos de las labores técnicas, científicas y administrativas del departamento regulatorio de ámbito nacional.

2. Coordinar y asesorar a las instancias correspondientes del SENASA en el diseño, elaboración y aprobación de las regulaciones que deben cumplir los establecimientos procesadores de productos y subproductos de origen animal y sus derivados, tanto para la exportación como para el consumo local.

3. Recopilar y difundir las normas y procedimientos que deben aplicarse para la exportación de productos y subproductos de origen animal para el consumo humano y sus derivados, según el país de destino.

4. Analizar, difundir e informar la implementación de la normativa técnica, procedimientos e instrumentos relacionados con la inocuidad de los productos y subproductos derivados de origen animal en coordinación con las Direcciones Regionales y demás órganos del SENASA.

5. Establecer los requisitos regulatorios que debe implementar el departamento de auditoría para la elaboración de los insumos requeridos para la inspección, verificación y/o auditoría de los establecimientos procesadores de productos y subproductos y derivados de origen animal para consumo humano.

6. Actualizar y modificar la normativa vigente de acuerdo a los cambios exigidos en el entorno nacional e internacional en coordinación con las instancias correspondientes.

7. Elaborar, realizar, coordinar, participar y ejecutar el Plan de Capacitación del departamento regulatorio, contando con la orientación, supervisión y coordinación del coordinador de Gestión de Calidad.

8. Coordinar con la Dirección Nacional de Operaciones y Direcciones Regionales la asesoría, acompañamiento y capacitación en aspectos normativos según las necesidades establecidas por las Direcciones Regionales.

9. Elaborar documentos de análisis de la situación normativa a nivel nacional e internacional tomando en consideración las auditorías y sistemas de información.

10. Controlar el uso de los procedimientos, métodos, reglamentos y formularios en los diferentes procesos y asegurar su adecuada aplicación.

11. Coordinar con las instancias correspondientes la capacitación continua de los usuarios internos y externos en cuanto a la normativa de inocuidad.

12. Asesorar a la Dirección Regional correspondiente, en la implementación de las acciones administrativas y la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento por parte de los usuarios.

13. Elaborar y actualizar los procedimientos atinentes en concordancia con la normativa vigente.

14. Realizar los demás actos y funciones que el Director le encomiende.

15.4.3. Departamento de Auditoría

a) Dependencia jerárquica: Dependencia jerárquica directa con la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal.

b) Funciones:

1. Planear, dirigir, coordinar, supervisar, organizar, evaluar y controlar la implementación de las políticas, estrategias y procedimientos de las labores técnicas, científicas y administrativas del departamento de auditoría de ámbito nacional.

2. Planear y ejecutar las auditorías y la verificación del sistema de inocuidad de productos y subproductos de origen animal y sus derivados, para el consumo humano en coordinación con las diversas instancias del SENASA.

3. Coordinar con otros entes públicos y privados, nacionales e internacionales, las actividades relacionadas con las auditorías de los establecimientos y plantas procesadoras de productos y subproductos y derivados de origen animal para consumo humano.

4. Elaborar, difundir y publicar en la página web del SENASA los informes de auditorías realizadas a las instancias correspondientes.

5. Vigilar, dar seguimiento y establecer el control del levantamiento de las no conformidades identificadas en las auditorías.

6. Verificar la correcta implementación de los requisitos normativos exigidos por el Departamento Regulatorio para la auditoría y la verificación del Sistema de inocuidad en los productos, subproductos y derivados de origen animal para el consumo humano.

7. Fomentar y mantener el reconocimiento de la competencia técnica nacional e internacional, asimismo velar por el cumplimiento de los procedimientos exigidos por los mismos mediante la capacitación, rotación y evaluación del personal.

8. Coordinar y participar con el Departamento de Registro la ejecución de las auditorías a las Direcciones Regionales, en función de los establecimientos procesadores de productos de origen animal, realizar los informes correspondientes y dar seguimiento al levantamiento de las no conformidades. 

9. Elaborar, realizar, coordinar, participar y ejecutar el Plan de Capacitación del departamento, contando con la orientación, supervisión y coordinación del coordinador de Gestión de Calidad.

10. Coordinar con la Dirección Nacional de Operaciones y Direcciones Regionales la asesoría, acompañamiento, capacitación y auditorias según las necesidades establecidas por las Direcciones Regionales.

11. Elaborar documentos de análisis de la situación de la inocuidad a nivel nacional tomando en consideración las auditorías, sistemas de información como registro de establecimientos agropecuarios, registro de denuncias sanitarias y sistemas generales de gestión.

12. Controlar el uso de los procedimientos, métodos, reglamentos y formularios en los diferentes procesos y asegurar su adecuada aplicación. 

13. Participar en las auditorías del Sistema de Gestión de Calidad cuando así se requiera. 

14. Formar y capacitar a su personal como auditores internos de los procesos de inocuidad. 

15. Comunicar el informe de auditoría al Auditado, Director Regional, Unidad de Gestión de Calidad y al Director de Inocuidad según corresponda.

16. Asesorar a la Dirección Regional correspondiente, en la implementación de las acciones administrativas y la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento del levantamiento de las no conformidades por parte de los usuarios.

17. Elaborar y actualizar los procedimientos atinentes en concordancia con la normativa vigente.

18. Realizar los demás actos y funciones que el Director le encomiende.

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