Artículo 15.—Dirección de Inocuidad de Productos de
Origen Animal. La
Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal se
encarga de regular y controlar la seguridad sanitaria e inocuidad de los
alimentos de origen animal en forma integral, a lo largo de la cadena de
producción alimentaria para la protección de la salud humana, para lo cual
verifica infraestructura, procesos y resultados; en concordancia con la
legislación nacional y del país de destino.
15.1. Objetivo:
Garantizar la calidad y seguridad sanitaria de los productos y subproductos de
origen animal y sus derivados destinados al consumo nacional e internacional,
en aplicación de las normas y requisitos establecidos, sea para el consumo
nacional o por los países de destino.
15.2. Competencia:
Se encarga de regular y controlar la seguridad sanitaria e inocuidad de los
alimentos de origen animal en forma integral, a lo largo de la cadena de
producción alimentaria para la protección de la salud humana, para lo cual
verifica infraestructura, procesos y resultados; en concordancia con la
legislación nacional y del país de destino, logrando el reconocimiento de la
competencia técnica nacional e internacional.
Además
le corresponde las acciones propias de la planificación, orientación,
evaluación y seguimiento de los objetivos de la Dirección, así
como los procesos de archivo y gestión de documentos e implementar el Sistema
de Gestión de Calidad; y además será su responsabilidad establecer, mantener,
perfeccionar y evaluar el Sistema de Control Interno para la materialización
del mismo. Asegurar, garantizar y supervisar la elaboración de procedimientos
bajo un enfoque sistémico y de calidad.
Orientará
a los Coordinadores de Gestión de Calidad técnica sustantiva y administrativa
según corresponda. Respecto a la orientación técnica - metodológica de
planeación, ejecución, evaluación, supervisión, auditoría y control en el
cumplimiento de sus funciones estos coordinadores responden a la Unidad de Gestión de
Calidad. A su vez coordinará con la
Unidad de Oficialización del SENASA para realizar la
certificación y/u oficialización de personas según corresponda.
15.3. Dependencia
jerárquica: Dependencia jerárquica directa con la Dirección General.
15.4. Organización
Interna: La
Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal, estará
a cargo de un Director quien podrá establecer las áreas necesarias para su
desempeño contando con el personal competente que requiera y nombrando
coordinadores en los procesos que se generen según el ámbito de acción
incluyendo todas aquellas dependencias de la Dirección de
Inocuidad de Productos de Origen Animal, ubicadas en Establecimientos
Procesadores, Exportadores, Almacenadores y Proveedores de materia prima de
productos y subproductos de origen animal, en donde se cuenta con Personal
Oficial u Oficializado, como requisito de los países socios comerciales; además
contará con un Coordinador de Gestión de la Calidad que será asignado por la Unidad de Gestión de
Calidad, conjuntamente contará con tres Departamentos a cargo de un Jefe según
corresponda; detallados a continuación:
Departamento
de Registro
Departamento
de Regulatorio
Departamento
de Auditoría
15.4.1. Departamento de Registro
a) Dependencia
jerárquica: Dependencia jerárquica directa con la Dirección de
Inocuidad de Productos de Origen Animal.
b) Funciones:
1.
Planear, dirigir, coordinar, supervisar, organizar, evaluar y controlar la
implementación de las políticas, estrategias y procedimientos de las labores
técnicas, científicas y administrativas del departamento de registro de ámbito
nacional.
2.
Establecer, difundir e informar los requisitos, procedimientos e instrumentos
necesarios para el registro de establecimientos procesadores de productos y
subproductos de origen animal aprobados para la exportación.
3.
Establecer, actualizar, difundir, publicar, controlar y dar seguimiento al
registro de los establecimientos exportadores de productos y subproductos de
origen animal.
4.
Coordinar y participar con el Departamento de Auditoría la ejecución de las
auditorías a las Direcciones Regionales, en función de los establecimientos
procesadores de productos de origen animal, realizar los informes
correspondientes y dar seguimiento al levantamiento de las no conformidades.
5.
Ejecutar y coordinar con las instancias correspondientes las acciones
administrativas y la aplicación de sanciones a tomar en caso de incumplimiento
por parte de los usuarios.
6.
Supervisar y verificar que los establecimientos procesadores de productos y
subproductos de origen animal están registrados en el Sistema de Registro de
Establecimientos Agropecuarios.
7.
Coordinar con las instancias correspondientes la capacitación continua de los
usuarios internos y externos en materia de registro y control de los
establecimientos procesadores de productos y subproductos de origen animal.
8.
Elaborar, realizar, coordinar, participar y ejecutar el Plan de Capacitación
del departamento de registro, contando con la orientación, supervisión y
coordinación del coordinador de Gestión de Calidad.
9.
Coordinar con la
Dirección Nacional de Operaciones y Direcciones Regionales la
asesoría, acompañamiento, capacitación y auditorias según las necesidades
establecidas por las Direcciones Regionales.
10.
Elaborar documentos de análisis de la situación de los establecimientos de su
competencia a nivel nacional tomando en consideración las auditorías, sistemas
de información como registro de establecimientos agropecuarios, registro de
denuncias sanitarias y sistemas generales de gestión.
11.
Controlar el uso de los procedimientos, métodos, reglamentos y formularios en
los diferentes procesos y asegurar su adecuada aplicación.
12.
Analizar la información del registro de exportadores y elaborar informes de la
situación comercial del país.
13.
Asesorar a la
Dirección Regional correspondiente, en la implementación de
las acciones administrativas y la aplicación de sanciones en caso de
incumplimiento por parte de los usuarios.
14.
Elaborar y actualizar los procedimientos atinentes en concordancia con la
normativa vigente.
15. Realizar los demás actos y funciones que el
Director le encomiende.
15.4.2.
Departamento Regulatorio
a) Dependencia
jerárquica: Dependencia jerárquica directa con la Dirección de
Inocuidad de Productos de Origen Animal.
b) Funciones:
1.
Planear, dirigir, coordinar, supervisar, organizar, evaluar y controlar la
implementación de las políticas, estrategias y procedimientos de las labores
técnicas, científicas y administrativas del departamento regulatorio de ámbito
nacional.
2.
Coordinar y asesorar a las instancias correspondientes del SENASA en el diseño,
elaboración y aprobación de las regulaciones que deben cumplir los
establecimientos procesadores de productos y subproductos de origen animal y
sus derivados, tanto para la exportación como para el consumo local.
3.
Recopilar y difundir las normas y procedimientos que deben aplicarse para la
exportación de productos y subproductos de origen animal para el consumo humano
y sus derivados, según el país de destino.
4.
Analizar, difundir e informar la implementación de la normativa técnica,
procedimientos e instrumentos relacionados con la inocuidad de los productos y
subproductos derivados de origen animal en coordinación con las Direcciones
Regionales y demás órganos del SENASA.
5.
Establecer los requisitos regulatorios que debe implementar el departamento de
auditoría para la elaboración de los insumos requeridos para la inspección,
verificación y/o auditoría de los establecimientos procesadores de productos y
subproductos y derivados de origen animal para consumo humano.
6.
Actualizar y modificar la normativa vigente de acuerdo a los cambios exigidos
en el entorno nacional e internacional en coordinación con las instancias
correspondientes.
7.
Elaborar, realizar, coordinar, participar y ejecutar el Plan de Capacitación
del departamento regulatorio, contando con la orientación, supervisión y
coordinación del coordinador de Gestión de Calidad.
8.
Coordinar con la
Dirección Nacional de Operaciones y Direcciones Regionales la
asesoría, acompañamiento y capacitación en aspectos normativos según las
necesidades establecidas por las Direcciones Regionales.
9.
Elaborar documentos de análisis de la situación normativa a nivel nacional e
internacional tomando en consideración las auditorías y sistemas de
información.
10.
Controlar el uso de los procedimientos, métodos, reglamentos y formularios en
los diferentes procesos y asegurar su adecuada aplicación.
11.
Coordinar con las instancias correspondientes la capacitación continua de los
usuarios internos y externos en cuanto a la normativa de inocuidad.
12.
Asesorar a la
Dirección Regional correspondiente, en la implementación de
las acciones administrativas y la aplicación de sanciones en caso de
incumplimiento por parte de los usuarios.
13.
Elaborar y actualizar los procedimientos atinentes en concordancia con la
normativa vigente.
14.
Realizar los demás actos y funciones que el Director le encomiende.
15.4.3.
Departamento de Auditoría
a) Dependencia
jerárquica: Dependencia jerárquica directa con la Dirección de
Inocuidad de Productos de Origen Animal.
b) Funciones:
1. Planear, dirigir, coordinar, supervisar, organizar, evaluar y controlar
la implementación de las políticas, estrategias y procedimientos de las labores
técnicas, científicas y administrativas del departamento de auditoría de ámbito
nacional.
2.
Planear y ejecutar las auditorías y la verificación del sistema de inocuidad de
productos y subproductos de origen animal y sus derivados, para el consumo
humano en coordinación con las diversas instancias del SENASA.
3.
Coordinar con otros entes públicos y privados, nacionales e internacionales,
las actividades relacionadas con las auditorías de los establecimientos y
plantas procesadoras de productos y subproductos y derivados de origen animal
para consumo humano.
4.
Elaborar, difundir y publicar en la página web del SENASA los informes de
auditorías realizadas a las instancias correspondientes.
5.
Vigilar, dar seguimiento y establecer el control del levantamiento de las no
conformidades identificadas en las auditorías.
6.
Verificar la correcta implementación de los requisitos normativos exigidos por
el Departamento Regulatorio para la auditoría y la verificación del Sistema de
inocuidad en los productos, subproductos y derivados de origen animal para el
consumo humano.
7.
Fomentar y mantener el reconocimiento de la competencia técnica nacional e
internacional, asimismo velar por el cumplimiento de los procedimientos
exigidos por los mismos mediante la capacitación, rotación y evaluación del
personal.
8.
Coordinar y participar con el Departamento de Registro la ejecución de las
auditorías a las Direcciones Regionales, en función de los establecimientos
procesadores de productos de origen animal, realizar los informes
correspondientes y dar seguimiento al levantamiento de las no conformidades.
9.
Elaborar, realizar, coordinar, participar y ejecutar el Plan de Capacitación
del departamento, contando con la orientación, supervisión y coordinación del
coordinador de Gestión de Calidad.
10. Coordinar
con la
Dirección Nacional de Operaciones y Direcciones Regionales la
asesoría, acompañamiento, capacitación y auditorias según las necesidades
establecidas por las Direcciones Regionales.
11.
Elaborar documentos de análisis de la situación de la inocuidad a nivel
nacional tomando en consideración las auditorías, sistemas de información como
registro de establecimientos agropecuarios, registro de denuncias sanitarias y
sistemas generales de gestión.
12.
Controlar el uso de los procedimientos, métodos, reglamentos y formularios en
los diferentes procesos y asegurar su adecuada aplicación.
13. Participar en las auditorías del Sistema de
Gestión de Calidad cuando así se requiera.
14. Formar y capacitar a su personal como auditores
internos de los procesos de inocuidad.
15.
Comunicar el informe de auditoría al Auditado, Director Regional, Unidad de
Gestión de Calidad y al Director de Inocuidad según corresponda.
16.
Asesorar a la
Dirección Regional correspondiente, en la implementación de
las acciones administrativas y la aplicación de sanciones en caso de
incumplimiento del levantamiento de las no conformidades por parte de los
usuarios.
17.
Elaborar y actualizar los procedimientos atinentes en concordancia con la
normativa vigente.
18. Realizar los demás actos y funciones que el
Director le encomiende.