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 Normativa >> Ley 9166 >> Fecha 16/09/2013 >> Articulo 4
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Normativa - Ley 9166 - Articulo 4
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NORMAS DE EJECUCIÓN

ARTÍCULO 4.- Se autorizan las siguientes normas de ejecución presupuestarias:

1.– Se autoriza a la Municipalidad de Acosta para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 9019 y distribuida mediante el decreto N.º 37180-H, incluida bajo el código presupuestario 232-900-70104-438-001-2310-3120, por un monto de cuatrocientos cincuenta mil colones (¢450.000.00), destinada al proyecto: “Equipamiento del salón multiusos en la comunidad de Palmichal, Distrito Palmichal”, a fin de que se destine al equipamiento del salón multiusos en la comunidad de Bajo Cerdas de Palmichal de Acosta.

2.– Se autoriza a la Municipalidad de Belén para que varíe el remanente del destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8627 y distribuida mediante el decreto N.º 34554-H, incluida bajo el código presupuestario 203-049-70104-452- 280-2310-3120, por un monto de un millón cuatrocientos veintidós mil setecientos treinta y cuatro colones (¢1.422.734,00), destinada al proyecto: “Const. Parque Jardín Botánico, Parque el Nacimiento Dist. Asunción”, asimismo, para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8790 y distribuida mediante decreto N.º 35255-H, incluida bajo el código presupuestario 203-044-70104-465- 280-2310-3120, por un monto de veinte millones de colones (¢20.000.000.00), destinada al proyecto: “Mejoramiento y Const. de un Bulevar que incluya la Esc. Fidel Chávez y la plaza de Dep. Del Dist. de la Ribera de Belén Heredia”, a fin de que se destinen a la adquisición los terrenos que colindan con el bosque El Nacimiento.

3.- Se autoriza al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) para que varíe el destino de la partida incorporada en la Ley N° 8908 y modificada mediante la Ley N° 9065 incluida bajo el código presupuestario 211 630-00-60103-001-1310-3310-238, por un monto de doscientos cincuenta y cinco millones ochocientos sesenta y un mil setecientos veinte colones con cuarenta y siete céntimos (¢255.861.720,47) o el saldo que exista, destinada a la organización y logística de los Juegos Deportivos Centroamericanos San José 2013, incluyendo gastos de inauguración, clausura, hospedaje, traslado para atletas, personal de apoyo y organizadores y otros servicios necesarios para el buen funcionamiento y desarrollo de los Juegos, así como la partida aprobada mediante la Ley N° 9019 bajo el código presupuestario 211-630-00-70103-280-2310-3250-239 para Juegos Deportivos Centroamericanos San José 2013, por un monto de cincuenta y cinco millones ciento noventa y tres mil ochocientos cincuenta y siete colones con setenta céntimos (¢55.193.857,70) o el saldo que exista, destinada a la construcción y reparación de infraestructura para los Juegos Deportivos Centroamericanos San José 2013, para que ambos remanentes se transfieran a la Asociación Comité Organizador X Juegos Deportivos Centroamericanos San José 2013 para ser utilizados en la cancelación de compromisos pendientes de estos Juegos Deportivos Centroamericanos.

(Corregido mediante Fe de Errata, publicada en La Gaceta N° 233 del 3 de diciembre del 2013. Anteriormente indicaba "... 3.– Se autoriza al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder) para que varíe el destino de la partida incorporada en la Ley N.º 8908 y modificada mediante la Ley N.º 9065, incluida bajo el código presupuestario 211 630-00- 60103-001-1310-3310-238, por un monto de doscientos cincuenta y cinco millones ochocientos sesenta y un mil setecientos veinte colones con cuarenta y siete céntimos (¢255.861.720,47) o el saldo que exista, destinada a la organización y logística de los Juegos Deportivos Centroamericanos San José 2013, incluyendo gastos de inauguración, clausura, hospedaje, traslado para atletas, personal de apoyo y organizadores, y otros servicios necesarios para el buen funcionamiento y desarrollo de los juegos, así como la partida aprobada mediante la Ley N.º 9019, bajo el código presupuestario 211-630-00-70103-280-2310-3250-239 para Juegos Deportivos Centroamericanos San José 2013, por un monto de cincuenta y cinco millones ciento noventa y tres mil ochocientos cincuenta y siete colones con setenta céntimos (¢55.193.857,70) o el saldo que exista, destinada a la construcción y reparación de infraestructura para los Juegos Deportivos Centroamericanos San José 2013, para que ambos remanentes se transfieran al Comité Organizador X Juegos Deportivos Centroamericanos San José 2013, para que sean utilizados en el pago de gastos de los juegos...")

4.– Se autoriza al Museo de Arte y Diseño Contemporáneo para que varíe el destino de las partidas aprobadas mediante las leyes N.º 8790 y N.º 8908, incluidas bajo los códigos presupuestarios 60102-001-1310-3320-278 y 60102- 001-1310-3320-275, por un monto de seiscientos cincuenta millones de colones (¢650.000.000,00) y trescientos cincuenta millones de colones (¢350.000.000,00), destinados al proyecto: “Para gastos del Proyecto Construcción del Parque Bicentenario”, a fin de que se destine al Centro Costarricense de Producción Cinematográfica para la compra de edificios declarados patrimonio histórico y cultural.

5.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:

Ley N.º 8790, código presupuestario 232-905 70104 229 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones de colones (¢4.000.000) o el saldo que exista, destinada “Para colocar malla y electrificar la cancha multiuso de la Urbanización Las Rosas, Distrito Buenos Aires”.

Ley N.º 8908, código presupuestario 232-905 70104 406 1 2310 3120, por un monto de tres millones seiscientos mil colones (¢3.600.000) o el saldo que exista, destinada a “Conclusión salón multiuso Las Rosas e iluminación del mismo, Asociación de Desarrollo Específica pro Seguridad Comunitaria de la Urbanización Las Rosas, Distrito Buenos Aires”.

A fin de que se utilicen para la compra de materiales para la construcción de la tapia del frente del Hogar de Ancianos.

(Nota de Sinalevi: Mediante el artículo 4 aparte 12) de la ley N° 9711 del 24 de julio de 2019, se autorizó la siguiente modificación presupuestaria indicada en el 5) anterior: “Ley N.° 9166, artículo 4, inciso 5, por siete millones seiscientos mil colones (¢7.600.000), o el saldo que exista, destinado a “Compra de materiales para la construcción de la tapia del frente del hogar de ancianos”.)

6.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8691, código presupuestario 232-905 70104 247 280 2310 3340, por un monto de un millón ochocientos mil colones (¢1.800.000) o el saldo que exista, destinada “Para realizar mejoras en el Templo Católico Consejo Pastoral Convento, Distrito Volcán”, a fin de que se utilice para la construcción de la malla perimetral de la escuela de Convento.

7.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 9065, artículo 4, párrafo tercero, inciso 5), por un millón quinientos cuarenta y un mil trescientos cuarenta y ocho colones(¢1.541.348) o el saldo que exista, destinada “para la construcción de la batería sanitaria del Templo Católico de Brujo”, a fin de que se utilicen para reparaciones y mejoras del templo católico de Brujo.

8.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8691, código presupuestario 232-905 70104243 280 2310 3120, por un monto de novecientos mil colones (¢900.000) o el saldo que exista, destinada “Para colocación de malla en el cementerio del Distrito Volcán”, a fin de que se utilice para compra de materiales para mejoras del cementerio de Volcán.

9.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8790, código presupuestario 232-905 70104 231 280 2310 3340, por un monto de cinco millones ciento treinta y cinco mil ochocientos veinticinco colones (¢5.135.825) o el saldo que exista, destinada “Para construir la II etapa de la Casa Cural de Volcán, Distrito Volcán”, a fin de que se destinen dos millones quinientos sesenta y siete mil novecientos diez colones (¢2.567.910) a mejoras del templo católico de Utrapez y dos millones quinientos sesenta y siete mil novecientos quince colones (¢2.567.915) a mejoras del templo católico de Cacao.

10.- Se autoriza a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8627, código presupuestario 203-049 70104 280 2310 3120 457, por un monto de veintiún millones trescientos noventa y cincomil ochocientos setenta y nueve colones (¢21.395.879) o el saldo que exista, destinada a “…const. aula y comedor Colegio Telesecundaria, Dist. Belén de Nosarita…”, a fin de que se utilice para la construcción del muro de contención del Colegio Telesecundaria, distrito Belén de Nosarita.

11.- Se autoriza a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8908, código presupuestario 232-904 70104 400 1 2310 3421, por un monto de tres millones setecientos treinta y seis mil ciento noventa y seis colones (¢3.736.196) o el saldo que exista, destinada a“Construcción de una aula para la Dirección del Liceo Rural de Belén, Distrito Belén de Nosara”, a fin de que se utilice para la construcción del muro de contención del Colegio Telesecundaria, distrito Belén de Nosara.

12.- Se autoriza a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 7952, código presupuestario 106 054-03 73001 242 25 330, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000) o el saldo que exista, destinada a “Compra de lote para familias pobres de Puerto Humo”, a fin de que se utilice para el mantenimiento y la reparación del salón comunal de Puerto Humo.

13.- Se autoriza a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 9019, código presupuestario 232-904 70104 309 001 2310 3120, por un monto de cinco millones quinientos ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y dos colones (¢5.589.882) o el saldo que exista, destinada “Reconstrucción de todo el Salón Comunal de Talolinga, Distrito San Antonio”, a fin de que se utilice para mejoras en cementerio de Talolinga, Distrito San Antonio.

14.- Se autoriza a la Municipalidad de Atenas para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8908, código presupuestario 232-901 70104383 1 2310 3120, por un monto de quinientos cuarenta mil colones (¢540.000) o el saldo que exista, destinada a “Mejoras a vivienda ubicada en lote comunal, distrito Atenas”, a fin de que se utilice para cambio de zinc en el techo del salón comunal de Los Ángeles.

15.- Se autoriza a la Municipalidad de Atenas para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8908, código presupuestario 232-901 60104 382 1 1310 3310, por un monto de quinientos cincuenta y un mil ciento ochenta y seis colones (¢551.186) o el saldo que exista, destinada a “Colocación de malla en el área de juegos en la comunidad de La Presa, Distrito Atenas”, a fin de que se utilice para mejoras en el salón comunal de La Presa.

16.- Se autoriza a la Municipalidad de Coto Brus para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8900, código presupuestario 203 044-00 70104 001 2310 3120 660, por un monto de diez millones de colones (¢10.000.000) o el saldo que exista, destinada “Para compra de un terreno para la edificación de una planta empacadora de productos agrícolas, Distrito de Sabalito, Coto Brus”, a fin de que se utilice para la compra de equipo y maquinaria para la Asociación Consejo de Desarrollo Agropecuario de Coto Brus.

17.- Se autoriza a la Municipalidad de Coto Brus para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 9019, código presupuestario 232 905 70104 414 001 2310 3310, por un monto de once millones doscientos siete mil novecientos veintiséis colones (¢11.207.926) o el saldo que exista, destinada a “Entechado y enmallado cancha multiuso de La Manchuria, Distrito Limoncito”, a fin de que se utilice para mallado alrededor de la plaza de deportes de La Manchuria de Limoncito.

18.- Se autoriza a la Municipalidad de Osa para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

- Ley N.º 8627, código presupuestario 232-905 70104 684 280 2310 3120, por un monto de diez millones novecientos diez mil ochocientos sesenta colones (¢10.910.860) o el saldo que exista, destinada “Para la construcción de la primer etapa del edificio con cuatro módulos de oficinas para instituciones de desarrollo social, Distrito Palmar”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 232-905 70104 268 280 2310 3120, por un monto de veinticuatro millones ochenta y nueve mil novecientos noventa y seis colones (¢24.089.996) o el saldo que exista, destinada “Para la construcción de la II etapa del edificio comunal en Barrio Alemania, Distrito Palmar”.

A fin de que los saldos de dichas partidas se utilicen para la construcción de un parque integral y recreativo en Palmar Norte.

19.- Se autoriza a la Municipalidad de Osa para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8691, código presupuestario 232-905 70104 317 280 2310 2210, por un monto de once millones seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos veintiséis colones (¢11.644.726) o el saldo que exista, destinada “Parala construcción del Centro de Acopio de Desechos en la comunidad de Ballena en Dominicalito, Distrito Bahía Ballena”, a fin de que se utilice para la I etapa de construcción del edificio de Bienestar y Salud Comunitaria de Dominicalito, distrito Bahía Ballena.

20.- Se autoriza a la Municipalidad de Carrillo para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 7853, código presupuestario 130-904 730 577 27 242 27, por un monto de ochocientos treinta y ocho mil doscientos ochenta colones (¢838.280) o el saldo que exista, destinada a “Inicio de construcción salón multiuso de Santo Domingo, Belén (planché y bases columnares)”, a fin de que se utilice para mejoras en la delegación de Belén.

21.- Se autoriza a la Municipalidad de Carrillo para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8691, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 497, por un monto de doce millones de colones (¢12.000.000) o el saldo que exista, destinada para “…Const. Tanque captación…”, a fin de que se utilice para la construcción de obras de mejoramiento e instalación de una bomba de agua, cambio de tubería de abastecimiento y cierre perimetral del tanque de agua.

22.- Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8627, código presupuestario 132-900 70104 876 280 2310 3421, por un monto de cuatro millones trescientos setenta y seis mil sesenta y ocho colones (¢4.376.068) o el saldo que exista, destinada “para la construcción de acera peatonal en el Colegio de Platanillo, en el Distrito Barú”, a fin de que se utilice un millón seiscientos mil colones (¢1.600.000) para la construcción de la entrada al Liceo Platanillo y dos millones setecientos setenta y seis mil sesenta y ocho colones (¢2.776.068) en la reparación de cocina, piso y acera del salón comunal de Platanillo.

23.- Se autoriza a la Municipalidad de Tilarán para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8908, código presupuestario 232-904 70104 365 1 2310 2151, por un monto de un millón doscientos veinte mil trescientos veintidós colones (¢1.220.322) o el saldo que exista, destinada “Construcción puente quebrada la Maravilla, Distrito”, a fin de que se utilice para mejoras al salón multiusos de Maravilla.

24.- Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 9019, artículo 8, inciso 29), por diez millones de colones (¢10.000.000) o el saldo que exista, destinada a “Compra de un Camión para el transporte de carga”, a fin de que se destine cinco millones de colones (¢5.000.000) a la reparación de la Iglesia católica de Laurel y se gire cinco millones de colones (¢5.000.000) a la Asociación de Desarrollo de km 31, para el mejoramiento de la cancha de fútbol de esa comunidad.

25.- Se autoriza a la Municipalidad de Goicoechea para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8908, código presupuestario 232-900 70104 431 1 2310 3421, por un monto de tres millones setenta y ocho mil sesenta y un colones (¢3.078.061) o el saldo que exista, destinada a “Construcción paso cubierto hacia el cubículo de la enfermería del Colegio Napoleón Quesada, Distrito Guadalupe”, a fin de que se utilice para la reparación en techo de vestidores y servicios sanitarios del gimnasio del Colegio Napoleón Quesada Salazar.

26.- Se autoriza a la Municipalidad de Guatuso para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8790, código presupuestario 232-901 70104 405 280 2310 3230, por un monto de ocho millones de colones (¢8.000.000) o el saldo que exista, destinada “Para construir aula en el Centro de Educación y Nutrición de San Rafael, Distrito San Rafael”, a fin de que se asigne a la Asociación de Desarrollo Específica Pro CEN-Cinai y Bienestar Comunal de Río Celeste para el proyecto remodelación del CEN-Cinai y Bienestar Comunal de Río Celeste.

27.- Se autoriza a la Municipalidad de Aserrí para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8790, código presupuestario 203-044 70104 280 2310 3120 538, por un monto de ochenta millones de colones (¢80.000.000) o el saldo que exista, destinada a “Compra de moto niveladora p/reparación y mant. de caminos vecinales”, a fin de que se utilice para la compra de maquinaria y equipo.

28.- Se autoriza a las municipalidades de Escazú, Mora, Santa Ana y Puriscal, para que los saldos de los recursos girados mediante el inciso 35) del artículo 4 de la Ley N.º 8900, sean utilizados en la construcción, remodelación, adiciones y mejoras de las instalaciones deportivas y recreativas de sus respectivos cantones.

29.- Se autoriza a la Municipalidad de San Isidro de Heredia para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 9019, artículo 8, inciso 31), párrafo primero, por diez millones cuatrocientos sesenta y seis mil ochocientos sesenta y seis colones con noventa y tres céntimos (¢10.466.866,93) o el saldo que exista, destinada “para mejoras de infraestructura de la Asociación Acueducto de Concepción de San Isidro de Heredia.”, a fin de que se destine a la construcción de casetas en las paradas de autobús, en el distrito de Concepción de San Isidro de Heredia.

30.- Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8691, código presupuestario 232-900 70104 415 280 2310 3412, por un monto de un millón ochocientos mil colones (¢1.800.000) o el saldo que exista, destinada “Para la construcción de aula en la escuela Sinaí, Distrito San Isidro”, a fin de que se utilice para la construcción de la tapia en la escuela Sinaí.

31.- Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8691, código presupuestario 232-900 70104 448 280 2310 3120, por un monto de un millón ochocientos mil colones (¢1.800.000) o el saldo que exista, destinada “Para la reparación de piso en el salón comunal de San Carlos, Distrito Platanares”, a fin de que se utilice para la compra de mobiliario y equipo para la cocina de San Carlos de Platanares.

32.- Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8790, código presupuestario 232-900 70104 413 280 2310 3310, por un monto de un millón trescientos setenta y nueve mil seiscientos cuarenta y siete colones (¢1.379.647) o el saldo que exista, destinada “Para colocar tubos para el alumbrado en el parque de Palmares, Distrito Daniel Flores”, a fin de que se utilice para la compra de mobiliario para el salón comunal de Palmares.

33.- Se autoriza a la Municipalidad de Sarapiquí para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:

Ley N.º 8691, código presupuestario 203-044 70104 001 2310 3120 414, por un monto de quince millones de colones (¢15.000.000) o el saldo que exista, destinada a “…dragado de camino Tambor- Remolinitos. Cureña, Sarapiquí…”.

Ley N.º 8790, código presupuestario 232-903 70104 245 280 2310 2151, por un monto de quince millones doscientos diecinueve mil cuatrocientos ochenta y un colones (¢15.219.481) o el saldo que exista, destinada “para el dragado del camino remolinitos, Boca Cureña, Distrito Cureña”.

A fin de que los saldos existentes se utilicen para estoquear material en el puente Cipriano, distrito Cureña.

34.- Se autoriza a la Municipalidad de Santo Domingo para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8691, código presupuestario 203-044- 70104 001 2310 3120 412, por un monto de quince millones de colones (¢15.000.000) o el saldo que exista, destinada “… const. de salón parroquial de San Miguel Sto Domingo ..”, a fin de que se utilice para mejoras de la infraestructura del centro parroquial, abarca el edificio de la capilla de velación, el salón parroquial y la casa cural, San Miguel de Santo Domingo de Heredia.

35.- Se autoriza a la Municipalidad de La Cruz para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8691, código presupuestario 232-904 70104 293 280 2310 2151, por un monto de quince millones setecientos ochenta y un mil quinientos treinta y ocho colones (¢15.781.538) o el saldo que exista, destinada “Para la compra de terreno para la construcción de la terminal de buses en el Distrito Santa Cecilia”, a fin de que se utilice para la construcción y el equipamiento del acueducto rural del barrio La Yegua, distrito Santa Cecilia”.

36.- Se autoriza a la Municipalidad de La Cruz para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8691, código presupuestario 232-904 70104 292 280 2310 3110, por un monto de dieciocho millones de colones (¢18.000.000) o el saldo que exista, destinada “Para la compra de terreno para el proyecto de vivienda en el distrito Santa Cecilia”, a fin de que se utilice para la compra de terreno para construir el Centro Diurno de Atención Integral para el Adulto Mayor, distrito Santa Cecilia.

37.- Se autoriza a la Municipalidad de Montes de Oca para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8908, código presupuestario 203-044 70104 280 2310 3120 540, por un monto de treinta y cinco millones de colones (¢35.000.000) o el sado que exista, destinada “… p/ ser asignados a la Asoc.de Vivienda el Progreso del Este a fin de comprar un terreno para desarrollo de un Proyecto de Vivienda en el Dist. de San Rafael de Montes de Oca..”, a fin de que se asignen a la Asociación de Vivienda El Progreso del Este para adquirir un terreno con la modalidad de condominio horizontal denominado El Rosario, ubicado en el distrito de Dulce Nombre de la Unión de Cartago.

38.- Se autoriza a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

- Ley N.º 8490, código presupuestario 203-054-03 70104 280 2310 3120 436, por un monto de seis millones quinientos mil colones (¢6.500.000)o el saldo que exista, destinada “Para que la Municipalidad de Puriscal adquiera la propiedad denominada Quebrada La Danta, que abastece de agua a la comunidad de Bajos de Badilla”.

- Ley N.º 8627, código presupuestario 203-049-00 70104 280 2310 3120 404, por un monto de cien millones de colones (¢100.000.000) o el saldo que exista, destinada “Restauración y Reparación Edif. Municipal. Proyecto Comunal, Munic. De Puriscal…”.

A fin de que los saldos de dichas partidas se utilicen para la construcción del edificio municipal de Puriscal.

39.- Se autoriza a la Municipalidad de Dota para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

- Ley N.º 7853, código presupuestario 130 900 730 596 27 242 30, por un monto de dos millones cuatrocientos mil colones (¢2.400.000) o el saldo que exista, destinada a “Proyecto terreno para polideportivo El Jardín”.

- Ley N.º 7952, código presupuestario 130 900 730 788 1 242 30, por un monto de cinco millones setecientos mil colones (¢5.700.000) o el saldo que exista, destinada a “Plaza de deportes, Distrito El Jardin”.

A fin de que los saldos de dichas partidas se utilicen de la siguiente manera:

Dos millones de colones (¢2.000.000) para la instalación del sistema eléctrico del salón comunal de El Jardín.

Dos millones de colones (¢2.000.000) para reforzar el sistema de acueductos de El Jardín.

Dos millones de colones (¢2.000.000) para reforzar el sistema de acueductos de la comunidad de San Isidro.

Cuatro millones de colones (¢4.000.000) para reforzar el sistema de acueductos de Dota en general para que invierta según sus prioridades.

Cuatro millones quinientos cincuenta y ocho mil novecientos veintinueve colones con nueve céntimos (¢4.558.929,09) para colaborar con la construcción de Skatepark.

Si a la fecha de publicación de esta autorización el saldo existente fuera mayor, el monto excedente deberá ser distribuido de forma proporcional.

40.- Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.º 8790, código presupuestario 232-900 70104 438 280 2310 3120, por un monto de un millón ciento veinticinco mil dieciocho colones (¢1.125.018) o el saldo que exista, destinada “Para construir la I etapa de la cocina comunal de Santa Teresa, Distrito Cajón”, a fin de que se utilice para mejoras del salón multiuso de Santa Teresa.

41.- Se autoriza a la Municipalidad de Zarcero para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, código presupuestario 232 901- 00 70104 424 001 2310 1310, por un monto de un millón cuarenta y tres mil trescientos setenta y seis colones (¢1.043.376) o el saldo que exista, destinada a "Remodelación Edificio Fuerza Pública Tapezco, Distrito Tapezco", a fin de que se utilice para el arreglo de caminos, distrito Tapezco.

42.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790, código presupuestario 232 902 70104 244 280 2310 3310, por un monto de dos millones setenta y cinco mil novecientos diecinueve colones (¢2.075.919) o el saldo que exista, destinada "Para construir mafia perimetral en la plaza de deportes de Peralta, Distrito Peralta", a fin de que se utilice para construir la segunda etapa de los camerinos de la plaza de deportes, distrito de Peralta”.

43.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8908, código presupuestario 232 902 70104 400 1 2310 3310, por un monto de cuatrocientos mil colones (¢400.000) o el saldo que exista, destinada a "Compra de implementos deportivos para el comité de deportes de El Mora, Distrito La Isabel", a fin de que se utilice para mejoras del salón multiusos El Mora, distrito La Isabel.

44.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790, código presupuestario 232 902 70104 246 280 2310 2220, por un monto de ochocientos mil colones (¢800.000) o el saldo que exista, destinada "Para construir el alcantarillado de cuadro sobre la quebrada Los Espaveles, Distrito Peralta", a fin de que se utilice para construir la primera etapa de los camerinos de la plaza de deportes, distrito de Peralta.

45.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8691, código presupuestario 232 902 70104 265 280 2310 3120, por un monto de seiscientos diecisiete mil ciento treinta y cinco colones (¢617.135) o el saldo que exista, destinada "Para equipar de mobiliario al salón comunal de Canadá, Distrito La Suiza", a fin de que se utilice para la compra de materiales para mejoras en el parquecito urbanización Rojas Quirós, La Suiza.

46.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8691, código presupuestario 232 902 70104 264 280 2310 2151, por un monto de cuatrocientos mil colones (¢400.000) o el saldo que exista, destinada "Para la II etapa de la construcción de aceras en Barrio Rojas Quirós, Distrito La Suiza", a fin de que se utilice para mejoras en el parquecito urbanización Rojas Quirós, La Suiza.

47.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8691, código presupuestario 232 902 70104 284 280 2310 3412, por un monto de cuatrocientos mil colones (¢400.000) o el saldo que exista, destinada "Para mejoras en la escuela el Seis, Distrito Santa Teresita", a fin de que se utilice para la compra de materiales para finalizar la instalación de la malla plaza Colonias de Guayabo.

48.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8627, código presupuestario 203 049- 00 70104 280 2310 3120 442, por un monto de diez millones setecientos catorce mil ochocientos ocho colones (¢10.714.808) o el saldo que exista, destinada a "...Const. aceras y cuadrantes como 1 etapa de instal. Del camposanto. Dist. Santa Rosa...", a fin de que se utilice para la contratación de estudios técnicos y ambientales del camposanto de Santa Rosa.

49.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9065, artículo 4, inciso 49), por un monto de cinco millones de colones (¢5.000.000) o el saldo que exista, destinada a "Mejoras en la plaza de fútbol de Oriente del Sauce de Santa Teresita", a fin de que se utilice para la construcción de la primera etapa de los camerinos de la plaza de Oriente del Sauce de Santa Teresita.

50.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9065, artículo 4, inciso 49), por un monto de ochocientos mil colones (¢800.000) o el saldo que exista, destinada a "Compra de terreno para el salón comunal de La Suiza", a fin de que se utilice para compra de cunetas para instalar en el distrito de La Suiza.

51.- Se autoriza a la Municipalidad de Alajuela para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

- Ley N.º 8790, código presupuestario 232 901-00 70104 200 280 2310 3412, por un monto de siete millones doscientos treinta mil cincuenta colones (¢7.230.050) o el saldo que exista, destinada “Para Mejoras en la infraestructura de la Escuela Juan Rafael Meoño Hidalgo, Distrito Alajuela”.

- Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 300 001 2310 3412, por un monto de cuatro millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil quinientos veinticinco colones (¢4.458.525) o el saldo que exista, destinada “Para Mejoras en la infraestructura de la Escuela Juan Rafael Meoño Hidalgo, Distrito Alajuela”.

- Ley N.º 8691, código presupuestario 232 901-00 70104 200 280 2310 3310, por un monto de seis millones quinientos diecisiete mil setecientos cuarenta y nueve colones (¢6.517.749) o el saldo que exista, destinada “Para la construcción del Parque de Niños de Guadalupe, Distrito Alajuela”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 638, por un monto de cinco millones de colones (¢5.000.000) o el saldo que exista, destinada “P/compra de equipo p/los policletos (Fuerza Pública), Dist. 1º de Alajuela…”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 640, por un monto de tres millones de colones (¢3.000.000) o el saldo que exista, destinada “…P/prog. De capacitación y asistencia técnica de la Unión Cantonal de Asoc. de Des. de Alajuela…”.

- Ley N.º 8908, código presupuestario 232 901-00 70104 301 1 2310 3120, por un monto de cuatro millones ciento ochenta y ocho mil trescientos veinticinco colones (¢4.188.325) o el saldo que exista, destinada a “Ampliación salón comunal Urb. La Amistad, Distrito San José”.

- Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 301 001 2310 3120, por un monto de cuatro millones setecientos once mil ochocientos sesenta y cinco colones (¢4.711.865) o el saldo que exista, destinada a “Remodelación infraestructura salón comunal de Tuetal Sur, Distrito San José”.

- Ley N.º 8691, código presupuestario 232 901-00 70104 202 280 2310 3412, por un monto de cuatro millones treinta y un mil ochocientos treinta y nueve colones (¢4.031.839) o el saldo que exista, destinada “Para la construcción de aula en la Escuela de Cinco Esquinas de Carrizal, Distrito Carrizal”.

- Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 302 001 2310 3120, por un monto de tres millones doscientos trece mil novecientos veintisiete colones (¢3.213.927) o el saldo que exista, destinada a “Construcción del salón multiusos COODEPLAN, Distrito Carrizal”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 232 901-00 70104 202 280 2310 3230, por un monto de cuatro millones cuatrocientos setenta y nueve mil setecientos treinta y cuatro colones (¢4.479.734) o el saldo que exista, destinada “Para mejoras en el CEN-CINAI Pavas, Distrito Carrizal”.

- Ley N.º 8908, código presupuestario 232 901-00 70104 303 1 2310 3412, por un monto de tres millones quinientos setenta mil trescientos setenta y seis colones (¢3.570.376) o el saldo que exista, destinada a “Construcción de caseta de guarda y mejoras de infraestructura Escuela María Vargas Rodríguez de Ciruelas, Distrito San Antonio”.

- Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 303 001 2310 3230, por un monto de cuatro millones dieciséis mil seiscientos setenta y tres colones (¢4.016.673) o el saldo que exista, destinada a “Mejoras en la infraestructura del CEN-CINAI de Villa Bonita, Distrito San Antonio”.

- Ley N.º 8691, código presupuestario 232 901-00 70104 203 280 2310 3310, por un monto de cinco millones ochenta y dos mil novecientos sesenta y nueve colones (¢5.082.969) o el saldo que exista, destinada “Para la construcción de camerinos y baños en la plaza de deportes de Ciruelas, Distrito San Antonio”.

- Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 304 001 2310 3412, por un monto de cuatro millones ciento sesenta mil setecientos treinta y dos colones (¢4.160.732) o el saldo que exista, destinada a “Mejoras Escuela Juan Santamaría de Las Vueltas de La Guácima, Distrito Guácima”.

- Ley N.º 8691, código presupuestario 232 901-00 70104 204 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones ochocientos treinta mil cuatrocientos ochenta y siete colones (¢4.830.487) o el saldo que exista, destinada a “Alumbrado de plaza de deportes de Las Vueltas de La Guácima, Distrito Guácima”.

- Ley N.º 8908, código presupuestario 232 901-00 70104 304 1 2310 3120, por un monto de tres millones seiscientos noventa y cinco mil cuatrocientos veintiocho colones (¢3.695.428) o el saldo que exista, destinada a “Mejoras salón multiuso fraccionamiento Las Palmas, Distrito Guácima”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 232 901-00 70104 205 280 2310 3421, por un monto de seis millones ochocientos treinta y cinco mil ciento sesenta y un colones (¢6.835.161) o el saldo que exista, destinada “Para construir graderías en el gimnasio del Liceo Otilio Ulate Blanco, Distrito San Isidro”.

- Ley N.º 8908, código presupuestario 232 901-00 70104 305 1 2310 3412, por un monto de cuatro millones ciento ochenta y cuatro mil novecientos veintinueve colones (¢4.184.929) o el saldo que exista, destinada a “Construcción de aula de cómputo de la Escuela de Itiquís, Distrito de San Isidro”. - Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 305 001 2310

3421, por un monto de cuatro millones setecientos ocho mil cuarenta y cinco colones (¢4.708.045) o el saldo que exista, destinada a “Mejoras en la infraestructura del Liceo Otilio Ulate Blanco, Distrito de San Isidro”.

- Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 306 001 2310 3120, por un monto de cuatro millones seiscientos cuatro mil cuatrocientos veintidós colones (¢4.604.422) o el saldo que exista, destinada a “Construcción de salón comunal de El Cerro de Sabanilla, Distrito Sabanilla”.

- Ley N.º 8908, código presupuestario 232 901-00 70104 306 1 2310 3210, por un monto de cuatro millones noventa y dos mil ochocientos diecinueve colones (¢4.092.819) o el saldo que exista, destinada a “Equipamiento de ambulancia Cruz Roja de Sabanilla, Distrito Sabanilla”.

- Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 307 001 2310 3412, por un monto de cuatro millones ciento ochenta y un mil setecientos diecisiete colones (¢4.181.717) o el saldo que exista, destinada a “Adquisición de instrumentos para Escuela Enrique Pinto, Escuela Julia Fernández y Colegio San Rafael, Distrito San Rafael”.

- Ley N.º 8908, código presupuestario 232 901-00 60104 308 1 1310 3412, por un monto de tres millones novecientos sesenta y tres mil ciento treinta y tres colones (¢3.963.133) o el saldo que exista, destinada a “Mejoras en el área de juego de la Escuela La California, Distrito Río Segundo”.

- Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 308 001 2310 3310, por un monto de dos millones setecientos sesenta mil ochocientos veintinueve colones (¢2.760.829) o el saldo que exista, destinada a “Construcción y mejoras Parque Infantil de Barrio La Julieta, Distrito Río Segundo”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 232 901-00 70104 208 280 2310 3412, por un monto de cuatro millones ciento ochenta y tres mil ciento ochenta y dos colones (¢4.183.182) o el saldo que exista, destinada “Para techar dos pabellones en la Escuela Aeropuerto Cacique, Distrito Río Segundo”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 638, por un monto de siete millones de colones (¢7.000.000) o el saldo que exista, destinada “…P/iluminación de cancha de fútbol, Desamparados de Alajuela…”.

- Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 309 001 2310 3412, por un monto de cuatro millones cuatrocientos noventa y tres mil novecientos setenta y nueve colones (¢4.493.979) o el saldo que exista, destinada a “Equipamiento de la Escuela Manuela Santamaría, Distrito Desamparados”.

- Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 311 001 2310 3120, por un monto de tres millones doscientos noventa y siete mil novecientos noventa y seis colones (¢3.297.996) o el saldo que exista, destinada para “Construcción del salón multiuso de Quebradas y Calle Vargas, Distrito Tambor”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 232 901-00 70104 212 280 2310 3120, por un monto de cuatro millones novecientos cincuenta y tres mil ochocientos sesenta y nueve colones (¢4.953.869) o el saldo que exista, destinada “Para mejoras en el salón comunal de La Garita, Distrito Garita”.

- Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 312 001 2310 3120, por un monto de tres millones cuatrocientos noventa y seis mil trescientos veintidós colones (¢3.496.322) o el saldo que exista, destinada a “Construcción salón comunal Urbanización La Torre, Distrito La Garita”.

- Ley N.º 8908, código presupuestario 232 901-00 70104 312 1 2310 3120, por un monto de tres millones ciento siete mil ochocientos cuarenta y un colones (¢3.107.841) o el saldo que exista, destinada a “Construcción de muro de contención entre CENCINAI y salón comunal de La Garita, Distrito La Garita”.

- Ley N.º 8562, código presupuestario 232 901-00 70104 219 280 2310 3120, por un monto de dos millones ciento ochenta y siete mil cincuenta y ocho colones (¢2.187.058) o el saldo que exista, destinada “Para mejoras en las instalaciones del salón comunal de Cinchona en el Distrito de San Miguel”.

- Ley N.º 8627, código presupuestario 232 901-00 70104 613 280 2310 3120, por un monto de seis millones quinientos cincuenta y nueve mil quinientos ochenta y cinco colones (¢6.559.585) o el saldo que exista, destinada a “Mejoras en los salones comunales del Distrito San Miguel”.

- Ley N.º 8691, código presupuestario 232 901-00 70104 213 280 2310 3120, por un monto de cuatro millones cuatrocientos sesenta y un mil setecientos veintisiete colones (¢4.461.727) o el saldo que exista, destinada “Para el cambio en la estructura del techo del salón comunal de Cinchona, Distrito de San Miguel”.

- Ley N.º 8908, código presupuestario 232 901-00 70104 313 1 2310 3210, por un monto de cinco millones novecientos setenta mil trescientos diecinueve colones (¢5.970.319) o el saldo que exista, destinada a “Equipamiento Cruz Roja de San Miguel de Sarapiquí, Distrito Sarapiquí”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 232 901-00 70104 214 280 2310 3120, por un monto de cuatro millones de colones (¢4.000.000) o el saldo que exista, destinada “Para mejoras en el salón comunal del Corazón de Jesús, Distrito San Miguel”.

- Ley N.º 9019, código presupuestario 232 901-00 70104 313 001 2310 3310, por un monto de seis millones setecientos dieciséis mil seiscientos nueve colones (¢6.716.609) o el saldo que exista, destinada a “Mejoras infraestructura de la plaza de deportes de Cariblanco, Distrito Sarapiquí”.

- Ley N.º 8627, código presupuestario 203 049-00 70104 280 2310 3120 421, por un monto de veinte millones setecientos cuarenta y cuatro mil ochocientos diecinueve colones (¢20.744.819) o el saldo que exista, destinada “…Para mejoras a la plaza de fútbol de Brasil, Dist. De Alajuela…”.

- Ley N.º 8627, código presupuestario 203 049-00 70104 280 2310 3120 421, por un monto de dieciocho millones ochocientos ochenta y nueve mil quinientos diecisiete colones (¢18.889.517) o el saldo que exista, destinada a “…Colocación de carpeta asfáltica en Calle El Salto, Distrito San José…”.

- Ley N.º 8627, código presupuestario 203 049-00 70104 280 2310 3120 421, por un monto de trece millones quinientos ochenta y un mil quinientos seis colones (¢13.581.506) o el saldo que exista, destinada “…Const. Salón multiuso. Dist. Carrizal…”.

- Ley N.º 8627, código presupuestario 203 049-00 70104 280 2310 3120 421, por un monto de dieciséis millones ochocientos sesenta y ocho mil seiscientos noventa y un colones (¢16.868.691) o el saldo que exista, destinada “…Colocación de carpeta asfáltica Urb. Luz del Sol y Calle La Macacona, Dist. San Antonio…”.

- Ley N.º 8627, código presupuestario 203 049-00 70104 280 2310 3120 421, por un monto de diecisiete millones ochocientos cuarenta y dos mil seiscientos cuatro colones (¢17.842.604) o el saldo que exista, destinada “…Const. de puesto para la Cruz Roja de La Guácima, Dist Guácima…”.

- Ley N.º 8627, código presupuestario 203 049-00 70104 280 2310 3120 421, por un monto de veintiún millones seiscientos setenta y un mil setecientos sesenta y cuatro colones (¢21.671.764) o el saldo que exista, destinada “…Const. de salón multiusos de Dulce Nombre, I etapa, Dist. San Isidro…”.

- Ley N.º 8627, código presupuestario 203 049-00 70104 280 2310 3120 422, por un monto de diecisiete millones setecientos doce mil trescientos quince colones (¢17.712.315) o el saldo que exista, destinada “…Recarpeteo de la Calle Gutiérrez, Dist. Desamparados…”.

- Ley N.º 8627, código presupuestario 203 049-00 70104 280 2310 3120 422, por un monto de doce millones novecientos dos mil trescientos setentay dos colones (¢12.902.372) o el saldo que exista, destinada “…Compra de ambulancia p/Comité Auxiliar de la Cruz Roja Costarricense, Dist. Turrúcares…”.

- Ley N.º 8627, código presupuestario 203 049-00 70104 280 2310 3120 422, por un monto de trece millones setecientos veintitrés mil trescientos setenta y dos colones (¢13.723.372) o el saldo que exista, destinada “…Mejoras en el gimnasio multiusos de Cacao, Dist. Tambor…”.

- Ley N.º 8627, código presupuestario 203 049-00 70104 280 2310 3120 422, por un monto de diecisiete millones seiscientos veintidós mil setecientos dieciocho colones (¢17.622.718) o el saldo que exista, destinada “…Const. de aceras en zonas de uso público (dos centros de salud y tres centros educat.), Distrito de La Garita…”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 640, por un monto de siete millones de colones (¢7.000.000) o el saldo que exista, destinada “…P/compra de instrumentos musicales p/el Conservatorio Munic. de Alajuela…”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 638, por un monto de siete millones de colones (¢7.000.000) o el saldo que exista, destinada “…P/construcción cancha multiuso, Urb. La Pradera, Guácima de Alajuela…”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 639, por un monto de ocho millones de colones (¢8.000.000) o el saldo que exista, destinada “…P/mejoramiento de calles de adoquín Bº San Martín, Sn Isidro de Alajuela…”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 640, por un monto de veinte millones de colones (¢20.000.000) o el saldo que exista, destinada “…P/mejoras carretera Sabanilla-El Cerro Alajuela…”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 638, por un monto de siete millones de colones (¢7.000.000) o el saldo que exista, destinada “…P/recarpeteo de calle en Urb. Sacramento, Sn Rafael de Alajuela…”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 638, por un monto de cuatro millones de colones (¢4.000.000) o el saldo que exista, destinada “…P/const. de parque en Bº Fátima, Río Segundo…”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 639, por un monto de cinco millones de colones (¢5.000.000) o el saldo que exista, destinada “…P/mejoras parque infantil, Calle Sibaja, Desamparados (arriba) de Alajuela…”.

- Ley N.º 8790, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3120 638, por un monto de siete millones de colones (¢7.000.000) o el saldo que exista, destinada “…P/iluminación de cancha de fútbol, Tambor de Alajuela…”.

A fin de que los saldos de dichas partidas se utilicen para la construcción de puentes peatonales en el cantón de Alajuela.

 

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil trece.

 

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