Artículo 44.—Plazo para notificar.
La notificación de la concentración deberá presentarse ante la COPROCOM de previo a su
realización o a más tardar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha
de suscripción del acuerdo, entendida esta como la que suceda primero entre la
fecha del convenio final que perfecciona la concentración, o la fecha a partir
de la cual la concentración empezó a implementarse en la materialidad.
En el supuesto de transacciones sucesivas a que se refiere el artículo 16
bis de la Ley, el
plazo correrá a partir de la fecha en que se realice la transacción con la que
se alcanza el umbral de notificación.
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