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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37899 >> Fecha 08/07/2013 >> Articulo 171
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37899 - Articulo 171
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Artículo 171
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Artículo 171.—Designación de presidente o secretario ad ínterim. En caso de ausencia o de enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justa, el presidente y el secretario de la comisión serán sustituidos por un presidente y un secretario ad ínterim, designando al primero necesariamente de entre los restantes miembros propietarios o que estén fungiendo como tales en la sesión.

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