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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37899 >> Fecha 08/07/2013 >> Articulo 193
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37899 - Articulo 193
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Artículo 193
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Artículo 193.—Envío al Ministerio Público, Procuraduría General de la República o cualquier otra institución. Se comisiona a las Unidades Técnicas de Apoyo para que envíen mediante oficio y por mandato de las Comisiones, las piezas testimoniadas de los expedientes administrativos al Ministerio Público, a la Procuraduría General de la República, o a cualquier otra institución según corresponda.

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