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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37899 >> Fecha 08/07/2013 >> Articulo 225
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37899 - Articulo 225
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Artículo 225
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Artículo 225.—Verificación del mercado. El MEIC a través de la Dirección de Apoyo al Consumidor podrá verificar la existencia de comerciantes y proveedores que no estén autorizados o no cumplan con los requisitos establecidos por este, quien procederá a la interposición de la denuncia ante las instancias respectivas de conformidad con la Ley y el presente reglamento.

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