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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37899 >> Fecha 08/07/2013 >> Articulo 42
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37899 - Articulo 42
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Artículo 42
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Artículo 42.—Obligación de notificar. Todos los agentes económicos involucrados en la concentración tienen la obligación de notificar, sin embargo, bastará con la notificación realizada por cualquiera de ellos.

La omisión de la notificación generará las consecuencias correspondientes para todos los agentes económicos participantes.

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