Artículo 237.-Autorización del plan o
los planes de ventas a plazo de bienes inmuebles o prestación de servicios
futuros. (Derogado por el artículo 42 del Reglamento de
ventas a plazo de ejecución futura de proyectos inmobiliarios, aprobado
mediante decreto ejecutivo N° 42995 del 9 de abril de 2021)
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