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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37899 >> Fecha 08/07/2013 >> Articulo 236
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37899 - Articulo 236
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Artículo 236
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Artículo 236.—Requisitos para el registro del responsable del plan. Para el registro de las empresas desarrolladoras o responsables del plan, el interesado deberá presentar los siguientes requisitos:

a) Indicar medio para atender notificaciones.

b) Copia del documento de identidad del representante legal.

c) Copia del poder o documento que autorice al representante o apoderado, si es del caso.

d) Personería jurídica, en el caso de ser una empresa desarrolladora o entidad, la cual deberá tener una vigencia no mayor a tres meses de emitida.

e) Encontrarse al día con sus obligaciones ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), lo cual será verificado por el MEIC o la entidad acreditada en el sistema electrónico SICERE o ante la CCSS.

f) Inscripción ante Tributación Directa de la última declaración de renta presentada ante el Ministerio de Hacienda, cuando corresponda.

g) En caso de que el cumplimiento de lo ofrecido recaiga en una tercera persona se deberá presentar original y copia de los acuerdos, convenios o vínculos comerciales que respalden el plan ofrecido.

Para la resolución de las solicitudes de inscripción de los responsables del plan, el MEIC a través de la DAC o la entidad acreditada, contará con un plazo de diez días hábiles para la verificación de los requisitos, el cual comenzará a correr a partir de la presentación de la solicitud.

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