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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37899 >> Fecha 08/07/2013 >> Articulo 36
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37899 - Articulo 36
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Artículo 36
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Artículo 36.—Sobre competencia desleal. Cuando una denuncia verse sobre los actos de competencia desleal a que se refiere el artículo 17 de la Ley, se remitirá a las partes a la vía correspondiente.

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