Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37899 >> Fecha 08/07/2013 >> Articulo 54
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 54     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 37899 - Articulo 54
Ir al final de los resultados
Artículo 54
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 54.—Casos en que no procede la presunción favorable. Aun cuando se cumpla alguna de las condiciones anteriores, la COPROCOM continuará el análisis de la solicitud si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

a) Cuando los agentes económicos involucrados tengan una participación de escasa importancia en el mercado relevante que no necesariamente refleje su participación potencial en un futuro cercano razonablemente previsible.

b) Cuando haya indicios de coordinación entre competidores.

c) Cualquier otra circunstancia que a juicio de la COPROCOM así lo justifique.

Ir al inicio de los resultados