TRANSITORIO ÚNICO.-
La Caja Costarricense de Seguro Social tendrá
cinco años, a partir de la vigencia de la presente ley, para asegurar el cumplimiento
en todo el territorio nacional de los objetivos dispuestos por esta ley. Se
entenderá que hasta los primeros tres años de ese quinquenio serán para la
implementación en el primer nivel de atención y que al final de los cinco años
deberá estar implementado el expediente digital único de salud en el nivel
hospitalario.
Rige
a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a
los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil trece.
|