Artículo 10.—Instancia
a los demás Poderes. Se motiva a los demás Poderes del Estado,
Municipalidades y Universidades Públicas para que realicen acciones conjuntas
en procura del fortalecimiento de la institucionalidad de género a través de su
inclusión estratégica en la estructura organizacional, planes estratégicos y
presupuestarios; así como establecer vínculos con las instancias públicas de
género del sector público.
|