Artículo 8º—Funcionamiento
de la red de unidades para la igualdad de género: La red se reunirá
ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando la coordinación
convoque. La convocatoria a las reuniones será realizada por la coordinación de
la red o cuando dos terceras partes de sus representantes lo solicite. La sede
para las sesiones será en forma itinerante de acuerdo a las posibilidades de
las instituciones, en caso de tener dificultad de espacio, el INAMU será la
sede. Los acuerdos serán tomados por mayoría simple.
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