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 Normativa >> Reglamento municipal 174 >> Fecha 26/08/2013 >> Articulo 11
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Normativa - Reglamento municipal 174 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11.—A toda actividad económica con fines de lucro que haya sido previamente autorizada por la Municipalidad de Escazú se le impondrá un impuesto que será establecido de acuerdo con los mecanismos que dicten las leyes respectivas.


 

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