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 Normativa >> Reglamento municipal 174 >> Fecha 26/08/2013 >> Articulo 54
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Normativa - Reglamento municipal 174 - Articulo 54
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Artículo 54
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CAPÍTULO IV

De las licencias temporales

SECCIÓN I

 

Artículo 54.—Cuando se trate de una licencia comercial para el ejercicio de actividades lucrativas de carácter temporal, tales como fiestas cívicas, patronales, turnos, ferias, pasarelas, ferias de empleo, científicas, vinos, degustaciones, exhibiciones en general o cualquier otro de este tipo, se seguirá el procedimiento descrito a continuación:


 

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