MUNICIPALIDAD DE ACOSTA
- REGLAMENTO AL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA
- PARA EL
SECTOR PROFESIONAL DE LA
- MUNICIPALIDAD
DE ACOSTA
El Concejo Municipal de
Acosta con fundamento en lo dispuesto en el artículo 170 de la Constitución Política
de la República
y del artículo 4 del Código Municipal, acuerda emitir, el presente Reglamento
que regulará toda la materia relativa al régimen de Dedicación Exclusiva,
aprobado en sesión ordinaria Nº 33-2013 del 22 de agosto de 2013, el cual se
aplicará a todos aquellos funcionarios de la Municipalidad de
Acosta que puedan ser acreedores de dicho derecho y que deseen acogerse a él.
- CAPÍTULO I
- Disposiciones generales
Artículo 1º—Se entenderá
por dedicación exclusiva para efectos del presente reglamento, la compensación económica
retribuida a los servidores de nivel profesional, porcentualmente sobre sus
salarios base (previa suscripción de un contrato entre el servidor y el máximo
jerarca o con quien este delegue), para que obligatoriamente no ejerzan de
manera particular (remunerada o adhonorem), la profesión que sirve como
requisito para desempeñar el puesto que ostenten así como las actividades
relacionadas con esta; con las excepciones que se establecen en el presente
reglamento.
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