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 Normativa >> Reglamento municipal 33 >> Fecha 22/08/2013 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 33 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE ACOSTA

REGLAMENTO AL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA 
PARA EL SECTOR PROFESIONAL DE LA 
MUNICIPALIDAD DE ACOSTA 

El Concejo Municipal de Acosta con fundamento en lo dispuesto en el artículo 170 de la Constitución Política de la República y del artículo 4 del Código Municipal, acuerda emitir, el presente Reglamento que regulará toda la materia relativa al régimen de Dedicación Exclusiva, aprobado en sesión ordinaria Nº 33-2013 del 22 de agosto de 2013, el cual se aplicará a todos aquellos funcionarios de la Municipalidad de Acosta que puedan ser acreedores de dicho derecho y que deseen acogerse a él. 

CAPÍTULO I 
Disposiciones generales 

Artículo 1º—Se entenderá por dedicación exclusiva para efectos del presente reglamento, la compensación económica retribuida a los servidores de nivel profesional, porcentualmente sobre sus salarios base (previa suscripción de un contrato entre el servidor y el máximo jerarca o con quien este delegue), para que obligatoriamente no ejerzan de manera particular (remunerada o adhonorem), la profesión que sirve como requisito para desempeñar el puesto que ostenten así como las actividades relacionadas con esta; con las excepciones que se establecen en el presente reglamento.

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