Artículo 45.-Recopilación de evidencia en papeles de trabajo.
La recopilación de evidencia de los estudios de auditoría recabada por parte de
la Auditoría Interna se realizará por medio de papeles de trabajo que se
codificarán y ordenarán en cédulas técnicamente elaboradas. Asimismo, los
resultados obtenidos se sustentarán con evidencia suficiente y competente, que
facilite la toma de decisiones al Consejo Superior Notarial o los titulares
subordinados, respecto del trámite de las recomendaciones contenidas en el
respectivo informe.
(Así reformado y publicado en La Gaceta N°
246 del 22 de diciembre de 2021)
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