Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37909 >> Fecha 18/04/2013 >> Articulo 2
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 2     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 37909 - Articulo 2
Ir al final de los resultados
Artículo 2
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 2º—El Ministerio de Salud velará por la correcta aplicación de la presente norma.

Ir al inicio de los resultados