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 Normativa >> Reglamento municipal 287 >> Fecha 28/10/2013 >> Articulo 23
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Normativa - Reglamento municipal 287 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23.—Obligación de presentar capital accionario. Es obligación de la persona jurídica que ha obtenido la licencia, de presentar cada dos años en el mes de octubre, contados a partir de su expedición, una declaración jurada de su capital accionario. La dependencia encargada de tramitar y aprobar las licencias en la municipalidad podrá verificar esa información con la que posea el Registro Público, y de existir omisión de información con respecto a la composición del capital social, iniciará el procedimiento de cancelación del permiso o la no renovación de la licencia.


 

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