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 Normativa >> Reglamento municipal 287 >> Fecha 28/10/2013 >> Articulo 27
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Normativa - Reglamento municipal 287 - Articulo 27
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Artículo 27
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Artículo 27.—Obligación de portar el certificado de la licencia Es obligación de los establecimientos mantener en un lugar visible para las autoridades municipales y de policía el certificado de la licencia de funcionamiento comercial y de licores extendida por la Municipalidad, así como el permiso sanitario de funcionamiento del Ministerio de Salud vigentes, y el recibo de pago de las licencias al día, so pena de clausura. En caso de extravío de estos documentos, deberán gestionar inmediatamente su reposición y cancelar el costo administrativo correspondiente, según el reglamento de Impuestos Municipales.


 

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