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 Normativa >> Reglamento municipal 287 >> Fecha 28/10/2013 >> Articulo 68
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Normativa - Reglamento municipal 287 - Articulo 68
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Artículo 68
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Sección III

De los recursos

Artículo 68.—Derecho a recurrir. La resolución que deniegue una licencia o la que imponga una sanción tendrá los recursos de revocatoria y apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 y siguientes del Código Municipal.

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