Artículo 5º—Funciones
Institucionales. El Centro de Producción Artística y Cultural tendrá las
siguientes funciones institucionales:
a- Producir y ejecutar un Festival
Internacional de las Artes y un Festival Nacional de las Artes, uno cada año
manteniendo la alternabilidad; buscando la excelencia artística y una amplia
participación ciudadana.
b- Producir y ejecutar anualmente una oferta
artística y cultural en las instalaciones del Centro Nacional de la Cultura (CENAC), en el
Centro Cultural Antigua Aduana y en otros inmuebles a cargo del Ministerio,
según las metas del Plan Nacional de Desarrollo del Sector Cultura vigente y a
los proyectos estratégicos definidos por los jerarcas ministeriales.
c- Producir y ejecutar una oferta artística y
cultural anual inclusiva y diversa en distintos espacios públicos; para que se
promueva en la población un sentido de apropiación y aprecio por el entorno
urbano y una sana convivencia ciudadana, en torno al arte y la cultura.
d- Coordinar con los Programas Presupuestarios y
Órganos Desconcentrados del Ministerio de Cultura y Juventud, la oferta de
festivales y actividades artísticas-culturales, para la articulación sistémica
de las actividades programadas.
e- Planificar y ejecutar el presupuesto anual del
Centro, según las necesidades definidas para cada actividad y de acuerdo a las
prioridades definidas por los máximos jerarcas institucionales.
f- Tramitar con el Departamento de Proveeduría
del Ministerio de Cultura y juventud, la contratación de bienes y servicios,
según se requieran, de acuerdo a los procedimientos concursales establecidos en
la Ley de
Contratación Administrativa (N° 7494 de 2 de mayo de 1995) y el Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa (Decreto Ejecutivo N° 33411-H de 27 de setiembre de 2006).
g- Gestionar patrocinios y alianzas estratégicas
de manera conjunta para todas las actividades aprobadas para el Centro de
Producción Artística y Cultural.
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