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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38022 >> Fecha 12/11/2013 >> Articulo 21
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38022 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21.—Del Procedimiento. Para los efectos de la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley, se seguirá el procedimiento establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

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