Artículo 5º—Usuarios
con Acceso al MENDOCEL.
Todos los usuarios que
accedan al Sistema para depositar o consultar documentos deben contar con sus
respectivos certificados digitales, emitidos por el Sistema Nacional de
Certificación Digital (SNCD) para ingreso (autenticación) a la plataforma del
MENDOCEL.
Los usuarios autorizados podrán consultar
documentos, públicos (3) o confidenciales, de
acuerdo con un registro diferenciado para cada uno de estos tipos de
información. Estos dos roles pueden ser asignados a una misma persona si el
regulado así lo solicita.
Los funcionarios de cada entidad regulada, que en
el contexto del Módulo de Administración de Privilegios del Sistema Ingresador
(MAPSI (4)),
desempeñan el rol de Administradores del Sistema deben registrar en esta
aplicación a los usuarios que requieren acceso al MENDOCEL, tanto para
documentos públicos como confidenciales.
(3)
Interprétese documentos públicos como aquellos visibles para todos los usuarios
de la plataforma en la
Entidad. Los confidenciales se restringirán al grupo de
usuarios que así se registre en el Módulo de Administración de Privilegios del
Sistema Ingresador MAPSI.
(4)
Disponible en internet: https://mapsi.sugeval.fi.cr/mapsi/
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