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 Normativa >> Reglamento municipal 49 >> Fecha 09/10/2013 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento municipal 49 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Corresponderá al Concejo Municipal por la vía de acuerdo municipal que se emane al efecto y con base en lo dispuesto en el artículo 13, inciso e) del Código Municipal, autorizar los egresos de la Municipalidad por gastos fijos y la adquisición de bienes y servicios, cuando estos superan los montos de la Contratación Directa que son los límites autorizados para otros procedimientos de Contratación Administrativa por la legislación vigente en la materia.


 

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