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 Normativa >> Reglamento municipal 71 - A >> Fecha 30/09/2013 >> Articulo 6
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Normativa - Reglamento municipal 71 - A - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6.—La Municipalidad establecerá multas por atrasos en el pago del servicio de recolección de los desechos sólidos, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

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