Artículo
3º—Modifíquense todas aquellas referencias normativas contenidas en los
Reglamentos Técnicos Nacionales hechas al Decreto Ejecutivo N° 33288-MEIG-MAG-S
del 16 de mayo del 2006; publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 164
del 28 de agosto del 2006; denominado RTCR: 395-2006 “Para el uso de
términos lecheros”, para que, a partir de la fecha de entrada en vigencia
de la resolución N° 312-2013 (COMIECO-LXV) de fecha 21 de junio del 2013 y su
Anexo, tales referencias se entiendan hechas al “Reglamento Técnico
Centroamericano RTCA 67.04.65:12 Uso de Términos Lecheros”, publicado
mediante el presente Decreto Ejecutivo.
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