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 Normativa >> Reglamento 27 >> Fecha 22/10/2013 >> Articulo 38
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Normativa - Reglamento 27 - Articulo 38
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Artículo 38
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Artículo 38.—Cuando un usuario cambie de puesto o cese de sus funciones en el CONARE, deberá devolver todos los documentos que tenga en calidad de préstamo a los diferentes archivos donde los solicitó, con ocho días antes del retiro. El Departamento de Gestión del Talento Humano informará al Archivo Central de estos movimientos para proceder con la identificación y la devolución de los documentos prestados. Simultáneamente informará a los encargados de los archivos de gestión para que realicen la misma verificación.

 

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