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 Normativa >> Reglamento 27 >> Fecha 22/10/2013 >> Articulo 8
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Normativa - Reglamento 27 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8º—El Archivo Central es la dependencia encargada de dictar las normas, políticas y procedimientos para una adecuada gestión documental institucional, ya sean en soporte textual, electrónico, gráfico o audiovisual. Además le corresponde desarrollar acciones como archivo histórico para conservar permanentemente los documentos con la declaratoria de patrimonial universitaria. Corresponderá al Centro de Tecnologías de Información y Comunicación (CeTIC) generar los lineamientos y facilitar las herramientas para garantizar la integridad, disponibilidad, accesibilidad y seguridad de la información en formato digital.

 

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