Artículo 7º—Procedimiento
de muestreo
7.1 Generalidades
7.1.1 Inspeccionar el
establecimiento o sitio de muestreo.
7.1.2 Separar por
lotes el producto a muestrear.
7.1.3 Lotes distintos
se muestrean por separado.Pág 4 La Gaceta Nº 9 — Martes 14 de enero del 2014
7.1.4 Revisar minuciosamente los envases o empaques del
producto a muestrear, con la finalidad de observar si existen envases o
empaques abiertos.
7.1.5 La muestra se
deberá trasladar el mismo día al laboratorio para su respectivo procesamiento y
análisis o bien a más tardar 24 horas después, con la finalidad de no perder la
integridad de la muestra.
7.1.6 La cadena de
custodia de la muestra debe ser garantizada por el funcionario oficial que
realizó el muestreo, con el acta de muestreo y la documentación correspondiente
del recibo de la muestra.
7.2 Cantidad y
número de muestras
7.2.1 Para líquidos:
7.2.1.1 Para
presentaciones de un litro o menores, se debe tomar 2 muestras de manera
aleatoria por cada 100 unidades. Si el lote es menor a 100 unidades se debe
tomar 2 muestras.
7.2.1.2 Para
presentaciones mayores a un litro, el registrante deberá de disponer de una
muestra de un litro representativa del lote a muestrear, en caso de que no se
disponga de dicha muestra, el funcionario del SFE tomará un recipiente completo
para que el laboratorio pueda extraer la muestra y contra muestra respectiva,
el sobrante del recipiente será destruido.
7.2.2
Para Polvos:
7.2.2.1 Para presentaciones
de un kilogramo o menor, se debe tomar 2 muestras de manera aleatoria por cada
100 unidades. Si el lote es menor a 100 unidades se debe tomar 2 empaques.
7.2.2.2 Para
presentaciones mayores a un kilo, el registrante deberá de disponer de una muestra
de un kilo representativa del lote a muestrear, en caso de que no se disponga
de dicha muestra, el funcionario del SFE tomará un recipiente completo para que
el laboratorio pueda extraer la muestra y contramuestra respectiva, el sobrante
del recipiente será destruido.
7.2.3 Granulados:
7.2.3.1 Para
presentaciones de un kilogramo o menor, se debe tomar 2 muestras de manera
aleatoria por cada 100 unidades. Si el lote es menor a 100 unidades igualmente
se debe tomar 2 empaques.
7.2.3.2 Para
presentaciones mayores a un kilo, el registrante deberá de disponer de una
muestra de un kilo representativa del lote a muestrear, en caso de que no se
disponga de dicha muestra, el funcionario del SFE tomará un recipiente completo
para que el laboratorio pueda extraer la muestra y contramuestra respectiva, el
sobrante del recipiente será destruido.