SECCIÓN II
Departamento de Políticas Públicas de
Telecomunicaciones
Artículo 15.—Competencia y relación jerárquica.
Corresponde al Departamento de Políticas Públicas de Telecomunicaciones:
a)
Realizar los estudios técnicos especializados en el ámbito de su competencia,
de manera que permitan la formulación de políticas públicas que guíen el
desarrollo del sector de telecomunicaciones así como su seguimiento y
evaluación.
b)
Depende del Director (a) de Evolución y Mercado de Telecomunicaciones.
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