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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38170 >> Fecha 30/01/2014 >> Articulo 140
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38170 - Articulo 140
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Artículo 140
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Artículo 140.—Para el cumplimiento de sus funciones la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo contará con las siguientes dependencias:

a) Departamento de Desarrollo de Infraestructura Educativa.

b) Departamento de Investigación.

c) Departamento de Gestión de Proyectos Específicos.

d) Departamento de Contrataciones.

e) Departamento de Ejecución y Control.


 

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