Artículo 143.—Son funciones del Departamento de
Gestión de Proyectos Específicos:
a) Asesorar a las
Juntas Administrativas y de Educación para la realización de obras de
mantenimiento preventivo, correctivo y obra nueva por medio de la contratación
directa concursada de mano de obra y materiales así como la contratación de los
servicios de ingeniería, arquitectura y estudios geotécnicos cuando el proyecto
lo requiera de acuerdo a los manuales y lineamientos aprobados por los Jerarcas
para tal fin.
b) Desarrollar
estudios de identificación y valoración por medio de visitas técnicas a los
centros educativos, con el fin de establecer los requerimientos de
infraestructura tanto de mantenimiento preventivo, correctivo y obra nueva a
realizar para la contratación directa concursada bajo la modalidad de
contratación de mano de obra, materiales y servicios de ingeniería y
arquitectura cuando así sea requerido.
c) Establecer el
objeto contractual de las obras a realizar, de acuerdo a los requerimientos del
Centro Educativo, las prioridades establecidas por la administración, y la
disponibilidad presupuestaria.
d) Realizar
presupuestos referenciales para la estimación de costos directos e indirectos
de la infraestructura requerida por los centros educativos.
e) Dar viabilidad y
razonabilidad del costo de las ofertas de los profesionales en ingeniería y
arquitectura contratados por las Juntas de Educación y Juntas Administrativas,
así como a las proformas de revisión de la razonabilidad de presupuestos de
costos directos e indirectos, revisión del cumplimiento de la normativa vigente
que rige la materia de planos constructivos y revisión de especificaciones
técnicas; tanto para proyectos financiados con recursos del MEP como para
proyectos con financiamientos externos o donaciones.
f) Revisión de planos
y especificaciones técnicas de donaciones a Centros Educativos públicos, en
aras de que estas inversiones cumplan con la normativa vigente.
g) Realizar
capacitaciones a las Juntas de Educación y Administrativas para dar a conocer
los procedimientos establecidos y aprobados por la Dirección para la atención
de los requerimientos de infraestructura de Centros Educativos públicos.
h) Realizar
solicitudes a la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo para el
pago de honorarios de ingeniería y arquitectura para la realización de planos
constructivos, especificaciones técnicas, presupuestos y anteproyecto, así como
para pago del arancel del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos,
levantamientos de estudios de geotecnia u otros insumos técnicos necesarios
para la confección de planos.
i) Realizar
solicitudes a la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo para
dotar de recursos a los proyectos que se encuentren técnicamente aprobados.
j) Elaborar el Plan
Operativo Anual del departamento y remitir trimestralmente la evaluación del
mismo a la Dirección de la DIEE.
k) Diseñar, coordinar
e implementar procesos de capacitación dirigidos a comunidades beneficiarias,
antes, durante y posterior al desarrollo de proyectos, según su especificidad.
l) Emitir criterio
técnico en los procesos de contratación administrativa desarrollados en el
Departamento de Contrataciones.
m) Suministrar la información requerida por la Dirección de
Infraestructura y Equipamiento Educativo para la actualización del sistema
integrado de información.
n) Otras funciones
inherentes relacionadas con sus competencias y atribuciones, asignadas por el
superior jerárquico.