Artículo 155.—El Ministerio de Educación Pública
contará con un Comité Institucional de Tecnologías de la Información y la
Comunicación (Comité TIC MEP) de conformidad con lo establecido en el Manual
sobre Normas Técnicas de Control Interno de los Sistemas de Información
Computarizados emitido por la Contraloría General de la República, y los
lineamientos establecidos por las autoridades superiores para su integración y
funcionamiento.
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